Régimen de reducción del IVA Mínimo. Inicio de actividades a partir del 1 de enero de 2021. Quiénes pueden hacer uso

Guías

¿Quiénes pueden hacer uso del régimen de reducción del IVA Mínimo previsto en la Ley 19889?

Podrán hacer uso del régimen de reducción del IVA Mínimo previsto en la Ley 19889 los contribuyentes que inicien actividades a partir del 1 de enero de 2021.

Dicha reducción no aplica para:
  • Contribuyentes que reinicien actividades.
  • Las sociedades anónimas, las sociedades en comandita por acciones, los establecimientos permanentes de entidades no residentes en la República, los entes autónomos y servicios descentralizados que integran el dominio industrial y comercial del Estado, los fondos de inversión cerrados de crédito y los fideicomisos (con excepción de los de garantía).

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