Trámite para solicitar anulación de constancia de impresión, denuncia por extravío o el levantamiento de inhibición

Guías

Requisitos para la solicitud de anulación de constancia de impresión, denuncia por extravío o el levantamiento de inhibiciones.

A través de servicios en línea, solicitud de inicio de trámites, seleccionando trámite RUT exclusivo DGI, sub trámite: constancias: anulación, inhibiciones

Documentación a presentar para la solicitud de anulación de constancia de impresión o denuncia por extravío:
  1. Formulario 4450 completo y firmado por el titular o persona autorizada que realiza el trámite
  2. Formulario 6351 (constancia de inscripción) o 6951 (constancia de Inscripción web).
  3. Documento de identidad del titular y/o de la persona autorizada que realiza el trámite.
  4. Formulario 5451 solicitud de autorización web (si lo solicito por web).
  5. Cuando la solicitud de impresión fue realizada vía web, y la imprenta aceptó el trabajo y por determinada razón no se va a realizar, para poder anular esa constancia se deberá presentar una carta de la imprenta en papel membretado de la misma, conteniendo: nombre y número de RUT del contribuyente; número de autorización y/o solicitud; mencionar que no se confecciono dicha solicitud; debe contar con firmas originales del responsable de la imprenta ante DGI.
  6. Si la constancia a anular fue solicitada en forma presencial, se deberá adjuntar las 2 vías del original de la autorización para impresión de documentación (formulario 6450).
  7. Si el Formulario 6450 le fue enviado vía web: debe enviar el mencionado formulario con carta de la imprenta cumpliendo con lo indicado en punto 5.
  8. En caso de extravío de las constancias de solicitud (formulario 6450), deberá adjuntar la correspondiente denuncia policial de extravío. 
Procedimiento en caso de inhibiciones de la constancia de impresión:

Debe ingresar a través de servicios en línea, solicitud de inicio de trámites, seleccionando trámite RUT exclusivo DGI - subtrámite constancias: anulación, inhibiciones.
 
Tener en cuenta:

Si la observación corresponde a gestión ingresar a través de solicitud de inicio de trámites, seleccionando trámites levantamientos observaciones gestión, y el sub trámite que corresponda:

  • Contribuyentes servicios personales – IRPF (div. in apoyo técnico administrativo)
  • Contribuyentes NO CEDE
  • Contribuyentes CEDE

Si la observación corresponde al departamento de gestión judicial de cobro debe solicitarlo a través de solicitud de inicio de trámites, seleccionando trámites gestión judicial, subtrámite solicitud constancia de impresión.

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