Retenciones de tarjetas de débito y crédito en contribuyentes de IVA mínimo
Guías
¿Cómo utilizar las retenciones realizadas por las tarjetas de débito y crédito?
Las retenciones efectuadas a los contribuyentes del IVA mínimo pueden ser utilizadas como pago a cuenta del impuesto o solicitarlas mediante certificados de crédito.
El Decreto 94/002 en la redacción dada por el Decreto 358/024, estableció que para período comprendido entre el 01/01/2016 y el 31/12/2025, estos contribuyentes, no sean objeto de retenciones por parte de los responsables por el pago de obligaciones tributarias de terceros, como las entidades administradoras de tarjetas de débito y crédito.
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