Solicitudes de certificados de créditos de contribuyentes de IVA mínimo y Monotributo

Guías

Se detallan los casos en que los contribuyentes de IVA mínimo y Monotributo pueden presentar solicitudes de certificados de crédito, se incluyen los links de la documentación a utilizar para cada caso y un ejemplo práctico.

Las solicitudes se pueden ingresar

A) De forma presencial en las oficinas de DGI, a saber:

B) En forma electrónica a través de servicios en línea / solicitud de inicio de trámites (sólo un trámite por vez).

Casos

1) Contribuyente de IVA mínimo

1.1) Adecuación régimen desde IVA mínimo a Monotributo

Los contribuyentes que por Resolución de BPS pasen del régimen de Pequeña Empresa a Monotributo, tendrán derecho a solicitar la devolución de los pagos realizados al código 560 IVA mínimo a partir de la fecha en que se determina la adecuación establecida en la resolución.
 
Documentación a presentar:

  • Formulario 2217 y 2218.
  • Nota explicativa.
  • Resolución de BPS (original y copia).
  • Fotocopia de cédula de los firmantes.

A tener en cuenta al momento de realizar los formularios:
 

  • Tipo de marca: 10 otros.
  • Período: desde el inicio del ejercicio hasta el mes de la adecuación a Monotributo.
  • Código de impuesto a solicitar: 560 IVA Mínimo.
  • Tipo de certificado de crédito a emitir: D (para uso del titular en BPS).
  • Fecha de exigibilidad del certificado: último día del mes y año del hasta del período.
1.2) DUA asociado (pagos de IVA importación y anticipos de IVA importación en forma correcta)

Quienes realicen importaciones y tributen IVA mínimo, abonarán en el Documento Único Aduanero (DUA) el IVA importación y el anticipo de IVA en la importación.
 
El IVA importación (código 550) es un costo para la empresa ya que se considera como IVA compras.
 
El anticipo de IVA en la importación (código 551) puede usarse para compensar pagos de la cuota de IVA mínimo mensual (código 560) del ejercicio. De surgir un excedente al final del ejercicio, se solicita su devolución mediante certificados de crédito.

Documentación a presentar: 

  • Formulario 2217 y 2218.
  • Nota explicativa que contenga cuadro comparativo con detalle mensual de obligaciones del ejercicio, pagos, retenciones y total del crédito a solicitar.
  • Fotocopia de cédula de los firmantes.

A tener en cuenta al momento de realizar los formularios:
 

  • Tipo de marca: 10 otros.
  • Período: desde inicio de ejercicio hasta fin de ejercicio (enero a diciembre) excepto si clausura en ese caso será hasta el mes de dicha clausura.
  • Código de impuesto a solicitar: 551 Anticipo de IVA en la importación
  • Tipo de certificado de crédito a emitir: A (para uso del titular en DGI) o C (de libre endoso para uso en DGI).
  • Fecha de exigibilidad del certificado: fechas de los últimos pagos.
1.3) Pagos importaciones con o sin DUA asociado por error en el régimen declarado.

Este caso se da cuando el contribuyente omite hacer el trámite de excepción en Comercio Exterior e importa como contribuyente de IRAE o como no contribuyente, situaciones que le provocan un pago incorrecto de los impuestos en la importación.
 
Para subsanar la situación se deben calcular en forma correcta la obligación que debió abonar en el Documento único Aduanero (DUA) y realizar las correcciones correspondientes para ello se debe presentar carta a Comercio Exterior solicitando reliquidación de la importación. Modelo de nota a presentar
 
Una vez efectuada la reliquidación, por parte de Comercio Exterior, se verá en la contributiva de pago la corrección de los montos en los pagos y se realizará la devolución de los créditos de anticipo IRAE importación de corresponder.
 
Constatadas estas correcciones y en caso de corresponder la empresa puede realizar el trámite por el Anticipo de IVA en la Importación según lo detallado en el punto 1.2).

2) Contribuyente de IVA mínimo y Monotributo

2.1) Crédito por percepciones venta directa (artículo 19 del Decreto 220/998)

En los casos de venta directa de determinados productos, las empresas que actúan como intermediarios y tributan IVA mínimo o Monotributo, son objeto de percepción de IVA al momento de la compra de los productos. Esa percepción puede compensarse, en el caso de los contribuyentes de IVA mínimo, con la cuota de IVA mínimo (código 560) mensual dentro del ejercicio, en caso de excedente se procede a solicitar el crédito a fin de ejercicio. Los contribuyentes de Monotributo a fin de ejercicio solicitan el crédito por las percepciones que se les realizaron. 

Documentación a presentar: 

  • Formulario 2217 y 2218.
  • Nota explicativa exponiendo la situación del contribuyente, origen, tipo y monto de certificado. La nota deberá consignar un detalle mensual donde se relacionen los pagos y las retenciones.
  • Fotocopia de cédula de los firmantes.

A tener en cuenta al momento de realizar los formularios:
 

  • Tipo de marca: 10 otros.
  • Período: desde inicio de ejercicio hasta fin de ejercicio (enero a diciembre) excepto si clausura en ese caso será hasta el mes de dicha clausura.
  • Código de impuesto a solicitar: 546 corte 5 (IVA retenido No CEDE).
  • Tipo de certificado de crédito a emitir: A (para uso del titular en DGI) o D (para uso del titular en BPS)
  • Fecha de exigibilidad del certificado: último día del mes y año del hasta del período.
2.2) Crédito por obligaciones tributarias de terceros y/o retenciones

Cuando los contribuyentes que tributan IVA mínimo son objeto de retención de Obligaciones Tributarias de Terceros (OTT) o de IVA pueden compensar con la cuota de IVA mínimo (código 560) mensual dentro del ejercicio, en caso de excedente se procede a solicitar el crédito a fin de ejercicio. Los contribuyentes de Monotributo a fin de ejercicio solicitan el crédito por las OTT o retenciones que se les realizaron. 

Documentación a presentar:

  • Formulario 2217 y 2218.
  • Nota explicativa que contenga cuadro comparativo con detalle mensual de obligaciones del ejercicio, pagos, retenciones y total del crédito a solicitar.
  • Fotocopia de cédula de los firmantes.

 
A tener en cuenta al momento de realizar los formularios:
 

  • Tipo de marca: 10 otros.
  • Período: desde inicio de ejercicio hasta fin de ejercicio (enero a diciembre) excepto si clausura en ese caso será hasta el mes de dicha clausura.
  • Código de impuesto a solicitar: 691 Retención Obligaciones Tributarias de Terceros No CEDE.
  • Tipo de certificado de crédito a emitir: A (para uso del titular en DGI) o D (para uso del titular en BPS).
  • Fecha de exigibilidad del certificado: último día del mes y año del hasta del período.

Ejemplo de solicitud de crédito de obligaciones tributarias de terceros y retenciones

Cuadro resumen

RégimenCódigoMarcaTipo de certificadoFecha de exigibilidadDocumentación a presentar
Contribuyente de IVA mínimo- Adecuación Régimen a Monotributo56010DÚltimo día mes y año del períodoFormularios 2217 y 2218, nota explicativa, Resolución del BPS (original y copia) Cédula de Identidad.
Contribuyente de IVA mínimo o Monotributo- Obligación Tributaria de terceros o  retenciones69110A o DÚltimo día mes y año del períodoFormularios 2217 y 2218, nota explicativa, Cédula de Identidad.
Contribuyente de IVA mínimo o Monotributo- Percepción Venta Directa546 corte 510A o DÚltimo día mes y año del períodoFormularios 2217 y 2218, nota explicativa, Cédula de Identidad.
Contribuyente de IVA mínimo (pago en la importación con DUA asociado)55110A o CÚltimo día mes y año del períodoFormularios 2217 y 2218, nota explicativa, Cédula de Identidad.

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