¿Cuáles son los impuestos que administra la DGI?

Materiales didácticos

Conoce cuáles son todos los impuestos que administramos.
  • IVA: Impuesto al Valor Agregado

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto que grava la circulación interna de bienes, la prestación de servicios dentro del territorio nacional, la introducción de bienes al país y la agregación de valor originada en la construcción realizada sobre inmuebles.

 

  • IRAE: Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas

El Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) es un impuesto anual que grava las rentas empresariales de fuente uruguaya, las asimiladas a empresariales por habitualidad en la enajenación de inmuebles y algunas hipótesis de las comprendidas en el IRPF (opción o preceptivo).

 

  • IRPF: Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas

El Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto anual que grava las rentas puras de capital o puras de trabajo de fuente uruguaya percibidas por personas físicas residentes.

 

  • IRNR: Impuesto a las Rentas de los No Residentes

El Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) es un impuesto anual que grava las rentas de fuente uruguaya, obtenidas por personas físicas y otras entidades, no residentes en la República.

 

  • IMEBA: Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios

El Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (IMEBA) es un impuesto que grava la primera enajenación de bienes a cualquier título, realizada por los productores agropecuarios, a quienes se encuentren comprendidos en el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), a Administraciones Municipales y a Organismos Estatales.

 

  • IASS:  Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social

El Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) es un impuesto que grava los ingresos correspondientes a las jubilaciones, pensiones y prestaciones de pasividad similares, servidos por instituciones públicas y privadas, residentes en la República.

 

  • IMESI: Impuesto Específico Interno

El Impuesto Específico Interno (IMESI) es un impuesto que grava la primera enajenación, a cualquier título, de determinados bienes (bebidas alcohólicas y no alcohólicas, cosméticos, tabacos, vehículos, lubricantes y grasas, combustibles, entre otros), realizada por fabricantes e importadores de los mismos.

 

  • ICOSA: Impuesto de Control de las Sociedades Anónimas

El Impuesto de Control de las Sociedades Anónimas (ICOSA) es un impuesto de control que grava  a las sociedades anónimas, el que se aplica en ocasión de su constitución y al cierre de cada ejercicio fiscal.

 

  • IEP: Impuesto a la Enseñanza Primaria

El Impuesto a la Enseñanza Primaria (IEP) es un impuesto anual que grava a las propiedades inmuebles urbanas, suburbanas y rurales de todo el país.

 

  • IP: Impuesto al Patrimonio

El Impuesto al Patrimonio (IP)  es un impuesto anual que grava la tenencia del patrimonio neto dentro del territorio nacional al 31 de diciembre en caso de personas físicas o a fin de ejercicio para personas jurídicas.

 

  • ITP: Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales

El Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales (ITP) grava determinados  actos y hechos referidos a las trasmisiones patrimoniales de bienes inmuebles ubicados en el país.

 

  • Monotributo

El Monotributo es  una prestación tributaria unificada, por la que pueden optar por pagar en sustitución de las contribuciones especiales de seguridad social generadas por su propia actividad, y de todos los impuestos nacionales vigentes, excluidos los que gravan la importación, quienes realicen actividades empresariales de reducida dimensión económica, y cumplan con las  condiciones establecidas en la normativa.

 

  • Monotributo Social MIDES

El Monotributo Social MIDES es  una prestación tributaria unificada, por la que pueden optar por pagar en sustitución de las contribuciones especiales de seguridad social generadas por su propia actividad, y de todos los impuestos nacionales vigentes, excluidos los que gravan la importación, quienes producen y comercializan bienes y prestan servicios, no tengan personal dependiente y cumplan con las condiciones establecidas en la normativa.

 

  • IA: Impuesto a la Apuesta

El Impuesto a la Apuesta  (IA) es un impuesto que grava la realización de apuestas a través de máquinas electrónicas de juegos de azar o de apuestas automáticas de resolución inmediata instaladas en Casinos o salas de entretenimiento expresamente autorizadas por ley.

 

  • IIEA: Impuesto a los ingresos de las Entidades Aseguradoras

El Impuesto a los ingresos de las Entidades Aseguradoras  (IIEA), es un impuesto que recae sobre los ingresos brutos percibidos por las entidades públicas o privadas que desarrollen actividad aseguradora.

 

  • FIS: Impuestos para el Fondo de Inspección Sanitaria

El Fondo de Inspección Sanitaria (FIS) , está conformado por:  a) un impuesto del 1% sobre el valor FOB declarado en las exportaciones de animales bovinos y ovinos en pie, carne de las especies bovina, ovina, suina, equina, de aves y animales de caza menor, en todas sus formas, excepto conservadas; b) un impuesto del 1% sobre el precio de la carne de origen vacuno y ovino que se destina al consumo de la población y que provenga de establecimientos de faena habilitados por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) y c)  un impuesto del 1% sobre el valor de venta de la carne de las especies bovina y suina con destino a la industria y que provenga de establecimientos de faena habilitados por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP).

 

  • PPL: Aporte Social Único de Personas Privadas de Libertad

El Aporte Social Único de Personas Privadas de Libertad  (PPL) es una prestación tributaria unificada, por la que pueden optar por pagar en sustitución de las contribuciones especiales de seguridad social generadas por su propia actividad y de todos los impuestos nacionales vigentes, excluidos los que gravan la importación, quienes cumplan con las condiciones establecidas en la normativa.

Están comprendidos exclusivamente los sujetos que realicen emprendimientos personales o   asociativos con hasta un máximo de cinco socios, cuyos integrantes se encuentren en situación de reclusión.

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