Sujetos obligados, obligaciones a declarar y plazos de presentación del Formulario 1050
Guías
Se expone información relativa a los sujetos que están obligados a presentar el Formulario 1050, los impuestos que se declaran en el mismo y los plazos de presentación
Sujetos Obligados a presentar el Formulario 1050
Están obligados a presentar el Formulario 1050:
- los sujetos pasivos del IVA, Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), Impuesto al Patrimonio (IPAT) y el Impuesto de Control de las Sociedades Anónimas (ICOSA) incluidos en el grupo CEDE o Grandes Contribuyentes (a partir de julio 2021) y NO CEDE (a partir de octubre 2020), aunque no tengan actividad en el período.
- las personas jurídicas no residentes contribuyentes del Impuesto al Patrimonio que no actúen mediante establecimiento permanente.
Asimismo corresponde la presentación del Formulario 1050 en los siguientes casos particulares:
- Sociedades de hecho que tributan IVA Mínimo: presentan el formulario imputando el patrimonio a sus integrantes.
- Sociedades comprendidas en el literal A) Artículo 12 del Título 4 del Texto Ordenado 2023 que tributan IVA Mínimo: presentan el formulario a efectos de liquidar el Impuesto al Patrimonio y el ICOSA, si corresponde.
- Sociedades de hecho que tributan servicios personales: presentan formulario adjudicando el patrimonio a sus integrantes.
- Cooperativas de producción o consumo: presentan el formulario adjudicando el patrimonio a sus integrantes (Consulta DGI 5314)
- Contribuyentes de IRAE con giro arrendamiento de inmuebles rurales.
Por el contrario, no estarán obligados a la presentación del Formulario 1050 los siguientes sujetos:
- Contribuyentes con giro agropecuario que tributan el IRAE Agropecuario o el Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (IMEBA), quienes utilizarán el formulario 1006 de la Aplicación SIGMA.
- Empresas unipersonales que tributan el IVA Mínimo o Monotributo.
- Contribuyentes exonerados (a vía de ejemplo: institutos de enseñanza).
Impuestos a declarar en el Formulario 1050
Se deben declarar las obligaciones generadas en el período correspondiente a los impuestos anuales del IRAE, el IPAT y el ICOSA.
Plazo de presentación del Formulario 1050
El Formulario 1050 se debe presentar dentro del cuarto mes siguiente al cierre del ejercicio, en las fechas previstas por el cuadro general de vencimientos.
Sin perjuicio de ello, téngase en cuenta las siguientes situaciones que implican plazos especiales de presentación:
- Clausura: el plazo de presentación será en el cuarto mes siguiente a la fecha de clausura, siguiendo a tales efectos el cuadro general de vencimientos.
- Contribuyentes que hayan realizado la opción de efectuar un único anticipo dentro del octavo mes del ejercicio: deberán presentar la declaración y pagar el saldo del impuesto dentro del segundo mes del ejercicio siguiente, de acuerdo a lo establecido en el cuadro general de vencimientos (Artículo 6 del Decreto Nº 30/015, Artículo 9 del Decreto Nº 450/002 y Resolución DGI Nº 1478/007).