Sujetos obligados a la presentación del Formulario 1246

Guías

Se expone información adicional sobre los sujetos obligados a la presentación del Formulario 1246.

Se encuentran obligados a informar ante la DGI los responsables del Impuesto a las Rentas de los No Residentes por los diferentes rendimientos gravados por este impuesto.

Rendimientos del trabajo:

Serán responsables los sujetos que a continuación se detallan, por el impuesto correspondiente a las rentas originadas en servicios prestados fuera de la relación de dependencia:

  • Sujetos pasivos del IRAE, excepto los gravados por IMEBA, Monotributo o incluidos en el régimen de IVA Mínimo.
  • El Estado, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y demás personas públicas estatales y no estatales.
  • Las sucesiones (excepto las indivisas), los condominios, las sociedades civiles y demás entidades con o sin personería jurídica que atribuyan rentas.
  • Las asociaciones y fundaciones no contribuyentes del IRAE.

También corresponderá la presentación por parte de los responsables que paguen o acrediten rentas originadas de trabajo dentro de la relación de dependencia a contribuyentes del IRNR (a vía de ejemplo, usuarios de Zonas Francas empleadores de quienes hayan optado por dicho impuesto).

Rendimientos del capital mobiliario:

  • Instituciones de intermediación financiera comprendidas en el Decreto-Ley Nº 15.322 que paguen o acrediten intereses por depósitos recibidos.
  • Entidades emisoras de obligaciones, títulos de deuda o similares, que paguen o acrediten rendimientos por estos valores.
  • Sujetos pasivos del IRAE, excepto los gravados por IMEBA, Monotributo o incluidos en el régimen de IVA Mínimo, que paguen o acrediten rentas gravadas.
  • El Estado, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y demás personas públicas estatales y no estatales, que paguen o acrediten rentas gravadas.
  • Las sucesiones (excepto las indivisas), los condominios, las sociedades civiles y demás entidades con o sin personería jurídica, paguen o acrediten rentas gravadas.
  • Los sujetos pasivos del IRAE por los dividendos o utilidades gravados, pagados o acreditados.
  • Instituciones deportivas afiliadas a las asociaciones o federaciones reconocidas oficialmente y a las restantes instituciones con personería jurídica inscriptas en el registro respectivo, que paguen o acrediten rentas gravadas de deportistas.
  • Empresas administradoras de fondos de inversión abiertos por los rendimientos de capital mobiliario que paguen o pongan a disposición de sus cuotapartistas.

Arrendamientos y otros rendimientos del capital inmobiliario:

  • Estado, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y demás personas públicas estatales y no estatales.
  • Contribuyentes del IRAE.
  • Contaduría General de la Nación y demás entidades que prestan conjuntamente servicios de garantía y cobranza de arrendamientos.
  • Entidades que administran propiedades realizando la cobranza de arrendamientos.
  • Las sucesiones (excepto las indivisas), los condominios, las sociedades civiles y demás entidades con o sin personería jurídica que atribuyan rentas.
  • Las asociaciones y fundaciones no contribuyentes del IRAE.

Por incrementos patrimoniales:

  • Los rematadores por las rentas que deriven de las trasmisiones patrimoniales de bienes muebles realizadas en los remates que intervengan.

Por rentas de actividades empresariales:

  • Sujetos pasivos del IRAE, excepto los gravados por IMEBA, Monotributo o incluidos en el régimen de IVA Mínimo.
  • El Estado, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y demás personas públicas estatales y no estatales.
  • Las sucesiones (excepto las indivisas), los condominios, las sociedades civiles y demás entidades con o sin personería jurídica que atribuyan rentas.
  • Las asociaciones y fundaciones no contribuyentes del IRAE.