Trámite para la cesión de certificados de créditos de Instituciones Emisoras de Dinero Electrónico a empresas vinculadas
Guías
Requisitos previos
1. Fraccionar los certificados (si corresponde)
Si fuera necesario, fraccionar previamente los certificados de crédito Tipo A en Servicios en línea, según los importes que proyecte endosar.
2. Consultar los certificados a incluir en la solicitud
Obtener la consulta de certificados e identificar exclusivamente aquellos por los cuales solicitará la transformación.
Requisitos:
Para efectuar el trámite de forma electrónica deberá ingresar en Servicios en línea / Trámites/ Solicitud de inicio y seleccionar:
Trámite: Certificados de Crédito
Subtrámite: Solicitud de Cesión - IEDE a Vinculadas
Comentarios: para validar dicho campo debe ingresar como mínimo alguna letra o número.
Se deberá adjuntar la siguiente documentación en formato digital:
Por primera vez, Declaración de vinculación en el formato establecido, debidamente firmada.
Luego de la declaración inicial de vinculadas, si hubiera altas o bajas de entidades vinculadas, deberá enviarse nuevamente la declaración de vinculación con el listado actualizado mediante este mismo trámite.
- Archivo de la consulta de certificados que contenga únicamente los certificados respecto de los cuales solicita la transformación.
- Informe de contador que acredite el cumplimiento de las condiciones previstas en el inciso 1º del artículo 1º del Decreto N° 53/026 para los créditos comprendidos en el régimen.
Cumplidos los requisitos, se autorizará la transformación de los certificados a Tipo C electrónicos para su posterior endoso.
En caso de incumplimientos o inconsistencias, se comunicarán las observaciones o el rechazo de la solicitud.
Endoso del certificado
Una vez transformados, los certificados podrán endosarse accediendo a: Servicios en línea / Certificados de crédito / Certificados electrónicos emitidos de endoso libre.
El endoso solo podrá realizarse a entidades vinculadas previamente registradas y habilitadas.
