Trámite de solicitud de certificado para el poder judicial

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El trámite se realiza de forma electrónica ingresando con su usuario y contraseña en servicios en línea.

A continuación se enumeran los pasos a seguir:

  1.  Autenticarse en Servicios en línea.
  2.  Ingresar a Tramites/ Solicitud de inicio.
  3.  Ingresar los datos personales.
  4.  En datos del trámite seleccionar:
  • Tramite: Certificado Único y otros Certificados.
  • Subtrámite: Solicitud de Certificado para Poder Judicial.

Requisitos:

Se deberá adjuntar la siguiente documentación en formato digital:

  • Formulario 5200 IRPF o formulario 5203 IRNR, en 1 vía, firmado por el titular/es.
  • Si lo firma un representante deberá presentar poder notarial, que lo autorice y que no haya sido otorgado o ratificado con una antigüedad mayor a los 6 meses. En caso contrario, deberá acreditarse su vigencia a la fecha de realización del trámite, mediante constancia notarial o certificado libre del Registro de Poderes, debe venir acompañada de cédula de identidad del representante.
  • Si el trámite es realizado por el agente de retención (inmobiliaria interviniente) se sustituye el poder por carta de administración que incorpore la identificación del padrón administrado (Departamento, Localidad, Padrón, Unidad, Block y Planta), a su titular actual, y la firma de este último, acompañada por fotocopia de cédula de identidad del titular, el formulario 5200/5203 deberá venir firmado por quien represente a la inmobiliaria, o en su caso por el empleado de la misma debidamente autorizado a tales fines, mediante la presentación de una nota de autorización. La misma debe estar firmada por quien represente a la inmobiliaria, y debe venir acompañada de fotocopia de cédula de identidad del mismo.
  • Documento que acredite la identidad del titular (C.I., documento extranjero o pasaporte).
  • Formulario 6500 (constancia de exoneración), si corresponde.
  • Boletos de pagos efectuados en los últimos 30 días.
  • En el caso de desalojo por incumplimiento de contrato, se deberán presentar los boletos de pagos correspondientes a los tres meses de anticipo, posteriores al mes en el cual se constató el incumplimiento de pago.
  • Constancias de las retenciones (resguardos) que le fueron efectuadas durante el último año civil y las del año en curso, si corresponde.
  • En el caso de un No Residente, si el solicitante es una persona jurídica: constancia de tener el certificado único vigente.

Se admite un archivo para cada documento en formatos: png, .pdf, .jpg, .xml, .txt.

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