Si usted no efectuó el pago del saldo de declaraciones juradas presentadas
Guías
1 - Consultar la deuda. Si desea conocer lo que adeuda en concepto de IASS usted podrá:
- Consultar mensajes enviados comunicándole adeudos:
Desde la página web, ingresando a Servicios en línea y una vez identificado con el PIN o con la Identidad Digital ingrese a “Bandeja de Comunicaciones” dentro del menú “Correspondencia”. Allí podrá encontrar información enviada oportunamente relativa a su adeudo.
- Consultar el “Saldo a Pagar” que surge de cada declaración jurada presentada y verificar los “Pagos” efectivamente realizados:
- Consulta de Declaraciones Juradas: desde la página Web, ingresando a Servicios en línea y una vez identificado con el PIN o con la Identidad Digital ingresar a “Declaraciones Presentadas – Consulta detallada” dentro del menú “Declaraciones” al lado derecha de la pantalla. Allí podrá consultar cada una de las declaraciones juradas de IASS (formulario 1802 o 1812) y consultar el “Saldo a Pagar” (línea 100 de los formularios).
- Consulta de Pagos realizados: desde la página web, ingresando a servicios en línea y una vez identificado con el PIN o con la Identidad digital, ingresar a “Consultas” dentro del menú “Pagos”. Deberá filtrar por “Fecha de Pago” desde y hasta y verificar los pagos realizados al código 186 (Saldo IASS).
- Consulta de Declaraciones Juradas: desde la página Web, ingresando a Servicios en línea y una vez identificado con el PIN o con la Identidad Digital ingresar a “Declaraciones Presentadas – Consulta detallada” dentro del menú “Declaraciones” al lado derecha de la pantalla. Allí podrá consultar cada una de las declaraciones juradas de IASS (formulario 1802 o 1812) y consultar el “Saldo a Pagar” (línea 100 de los formularios).
2 - Abonar lo adeudado, pudiendo:
Abonar el saldo a pagar a través de las siguientes opciones:
- Convenio de Facilidades de Pago:
Para iniciar el trámite de solicitud de convenio ingrese a través de la página Web a Servicios en línea / Columna Todos los usuarios / Trámites / Solicitud de Inicio y luego de completar sus datos personales seleccionar el trámite “Convenios” y subtrámite “IRPF-IASS”. Consulte los “Requisitos del trámite”.
El Convenio de Facilidades de Pago cuenta con importantes beneficios otorgados por la Ley 17.555 reglamentado por el Decreto 414/023.
- Pago Contado:
Usted puede abonar al contado a través de la página Web o en redes de cobranza (Abitab o Red Pagos), debiendo completar el boleto de pago a través del siguiente acceso Servicios en línea / Columna Todos los usuarios / Pagos / Boleto de pago 2908 – Generación, Impresión y pago buscar el código de impuesto 186 (IASS Contribuyente) y escriturar en fecha corresponde mes 12 (diciembre) y año el de la declaración jurada que pretenda pagar.