Si usted tiene pendiente la presentación de declaraciones juradas
Guías
1 - Contar con una identificación:
Obtener un PIN o Identidad Digital.
2 - Envío de declaraciones juradas (borradores):
A través de la Página Web ingrese a Servicios en Línea y una vez identificado con el PIN o con la Identidad Digital, ingrese a Declaraciones / Borradores IASS. Allí encontrará los borradores de las declaraciones juradas precargadas con sus datos e importes. Cuando las confirma puede verificar que cada una le dará un monto a abonar por cada año (Saldo a Pagar).
3 - Abonar el saldo a pagar a través de las siguientes opciones:
Convenio de Facilidades de Pago:
Para iniciar el trámite de solicitud de convenio ingrese a través de la página Web a Servicios en línea / Columna Todos los usuarios / Trámites / Solicitud de Inicio y luego de completar sus datos personales seleccionar el trámite “Convenios” y subtrámite “IRPF-IASS”. Consulte los “Requisitos del trámite”.
El Convenio de Facilidades de Pago cuenta con importantes beneficios otorgados por la Ley 17.555 reglamentado por el Decreto 414/023.
- Pago Contado:
Usted puede abonar al contado a través de la página Web o en redes de cobranza (Abitab o Red Pagos), debiendo completar el boleto de pago a través del siguiente acceso Servicios en línea / Columna Todos los usuarios / Pagos / Boleto de pago 2908 – Generación, Impresión y pago buscar el código de impuesto 186 (IASS Contribuyente) y escriturar en fecha corresponde mes 12 (diciembre) y año el de la declaración jurada que pretenda pagar.