Si usted tiene pendiente la presentación de declaraciones juradas

Guías

Guía para deudores y omisos IRPF.

1 - Contar con una identificación:

Obtener Identidad Digital.

2 - Envío de declaraciones juradas:

A través de la Página Web ingrese a Servicios en Línea y una vez identificado con la Identidad Digital, ingrese a Declaraciones / Declaraciones IRPF. Allí encontrará las declaraciones juradas precargadas con sus datos e importes. Cuando las confirma puede verificar que cada una le dará un monto a abonar por cada año (Saldo a Pagar). En la propia declaración Ud. puede optar por abonar ese saldo en una cuota al contado.

3 - Abonar el saldo a pagar a través de las siguientes opciones:

  • Convenio de Facilidades de Pago:

    Para iniciar el trámite de solicitud de convenio ingrese a través de la página Web a Servicios en línea / Columna Todos los usuarios / Trámites / Solicitud de Inicio y luego de completar sus datos personales seleccionar el trámite “Convenios” y subtrámite “IRPF-IASS”. Consulte los “Requisitos del trámite”.
     

  • Pago Contado:

    Usted puede abonar al contado a través de la página Web o en redes de cobranza (Abitab o Red Pagos), a continuación de enviada la declaración jurada con el boleto generado en la misma. Puede también completar el boleto de pago a través del siguiente acceso Servicios en línea / Columna Todos los usuarios / Pagos / Boleto de pago 2908 – Generación, Impresión y pago buscar el código de impuesto 109 (IRPF Contribuyente) y escriturar en fecha corresponde mes 12 (diciembre) y año el de la declaración jurada que pretenda pagar.