Valores de vehículos para la liquidación del impuesto al patrimonio

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Valores de vehículos para la liquidación del impuesto al patrimonio de personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas.

Los vehículos automotores, cualquiera sea el lugar de empadronamiento, se computarán por el valor por el que debió pagarse la patente de rodados del año, multiplicado por el factor 25 (veinticinco). A tales efectos no se considerarán bonificaciones ni sanciones de mora.
 
Los medios de transporte marítimo o aéreo serán avaluados por el contribuyente. La Dirección General Impositiva podrá impugnar la valuación cuando no la estime razonable.
 

Consulte el valor de la patente 2024

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