Vencimientos impuesto de primaria
Guías
Vencimientos impuesto de primaria.
Por inmuebles rurales afectados directa o indirectamente a explotaciones agropecuarias:
Presentación de declaración jurada establecida en el numeral 1 de la Resolución 9495/2017 de 12 de diciembre de 2017: por Internet o en medios magnéticos en los locales de las redes de cobranza habilitadas, hasta el 30 de abril de 2025.
1era. cuota | 30 de mayo de 2025 |
2da. cuota | 29 de agosto de 2025 |
3era. cuota | 31 de octubre de 2025 |
Pago: Electrónicamente vía Internet o a través de redes de cobranza habilitadas.
Por inmuebles urbanos, suburbanos y rurales sin explotación agropecuaria:
1era. cuota | Entre el 2 de enero y el 30 de mayo de 2025 |
2da. cuota | Entre el 1 de julio y el 29 de agosto de 2025 |
3era. cuota | Entre el 12 de setiembre y el 31 de octubre de 2025 |
Pago: electrónicamente vía Internet o a través de redes de cobranza habilitadas.