Disponibilidad del sistema para el envío de reporte CRS
A partir de la fecha se encuentra disponible el sistema para el envío de Reportes CRS a través del Portal de Intercambio Automático de Información Financiera.
A partir de la fecha se encuentra disponible el sistema para el envío de Reportes CRS a través del Portal de Intercambio Automático de Información Financiera.
A efectos de lo dispuesto en el numeral 6º) de la Resolución Nº 6396/2017 las Entidades Financieras obligadas a informar omisas en el envío del reporte de información financiera en los plazos previstos en el numeral 4º) de la Resolución Nº 6396/2017 podrán, a partir de la fecha, realizar el envío de reportes CRS, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 10 de la Ley Nº 19.484.
Asimismo, aquellas Entidades Financieras que oportunamente remitieron los Reportes CRS pero omitieron reportar una o más cuentas financieras podrán, a partir de la fecha, remitir las mismas a través de nuevos Reportes CRS, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 10 de la Ley Nº 19.484.
Se informa a las Entidades Financieras que solamente se encuentra habilitado el envío como MessageTypeIndic CRS701 (información nueva). En las próximas semanas quedará habilitada la funcionalidad MessageTypeIndic CRS702 (correcciones a la información enviada anteriormente) y se proporcionará el respectivo instructivo para el envío de las mismas.
Finalmente, y cuando corresponda, las Entidades Financieras deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el Numeral 7 de la Resolución Nº 6396/2017 presentado el Formulario 3915 (Declaración de Envíos de Reportes CRS).
