Remisión de reportes CRS fuera de plazo (Artículo 10 Ley Nº 19.484 )
Se pone en conocimiento de las Entidades Financieras obligadas a informar omisas en el envío del reporte de información financiera en los plazos previstos en el numeral 4º) de la Resolución Nº 6396/2017, que a efectos de lo dispuesto en el numeral 6º) de la Resolución Nº 6396/2017, se habilitará nuevamente el envío de reportes CRS a partir del 01.10.2018, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 10 de la Ley Nº 19.484.
