Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Industrias
Acero para uso estructural: importación y comercialización
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).
Es un control que se realiza sobre productos de acero para uso estructural, ya sean importados como fabricados en el país. La DNI emite una licencia de importación o de comercialización según Decreto Nº 217/014.
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Requisitos
- Certificar el producto, con el procedimiento establecido en la Resolución Ministerial Reglamentaria del Decreto del 1 de setiembre de 2014.
Otros datos de interés
- La reglamentación es aplicable a productos de acero, comprendidos en el Decreto Nº 217/014.
- La transmisión de la licencia de importación a la DNA será automática a través de VUCE.
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Costos
- 0.2 U.R.
- Se abonan en redes de cobranzas descentralizadas o mediante el sistema de pagos web.