Admisión temporaria en régimen general
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23La Admisión Temporaria es la introducción a plaza, exenta de tributos, de mercaderías extranjeras procedentes del exterior del territorio aduanero nacional con un fin determinado, ajeno al consumo, para ser reexpedidas, dentro del plazo que fije la reglamentación, sea en el estado en que fueron introducidas o después de haber sido objeto de una transformación, elaboración, reparación o agregación de valor determinadas, con efectiva ocupación de mano de obra.
Requisitos
- Constancia de vínculo contractual entre el peticionante y el proveedor.
- Certificado notarial de control y vigencia de la sociedad y representación de firmantes con no más de 60 días de expedido.
- Nota de solicitud suscrita por la empresa o el representante debidamente autorizado.
- Factura proforma.
Requisitos particulares:
- En caso de tratarse de obras o servicios, constancia contractual entre peticionante y contratante.
- En caso de tratarse de un subcontratista, documento que acredite que el peticionante es un subcontratista.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetContar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Usuario VUCE - registro de persona física en la Ventanilla Única de Comercio Exterior.
Usuario VUCE - registro de empresa en la Ventanilla Única de Comercio Exterior.
- Para gestionarlo, la empresa deberá estar registrada en Ventanilla Única de Comercio Exterior (Guía de registro VUCE) si el trámite es realizado por un Despachante de Aduanas en su representación, quien deberá estar registrado es éste último.
- Es necesario que la persona, empresa o despachante que gestiona el trámite tenga Firma Electrónica para poder realizar el envío.
- Navegadores recomendados: Google Chrome o Mozilla Firefox.
- Para un correcto funcionamiento del sistema, se recomienda tener instalada la última versión del navegador de su preferencia así como también la última versión de Java.
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea",
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Completar los datos solicitados en el formulario web, según el manual de usuario.
- En el caso de existir observaciones el usuario será notificado a través de la bandeja de entrada del sistema VUCE indicando como actividad “solicitar datos adicionales”:
- Para responder la observación se deberá presionar el botón ejecutar y realizar el comentario necesario para levantar la observación en el campo “respuesta” o modificar la información en el mismo formulario si corresponde, hecho esto se deberá volver a enviar la solicitud (se podrá adjuntar algún documento de ser necesario).
- El responsable actuante procederá a autorizar el certificado de encontrarse al día con los requisitos exigidos por APC.
- En ese momento el sistema numerará dicha habilitación enviándolo a la Dirección Nacional de Aduanas e informando que el certificado ha sido otorgado para ser utilizado.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- Asesoría de Política Comercial del Ministerio de Economía y Finanzas.
- Dirección: Colonia 1206 Piso 2, Montevideo.
- Teléfono: 1712 4310 y 1712 4311.
- Horario: lunes a viernes de 12:00 a 17:00 horas.
Consultas:
- Correo electrónico: info@vuce.uy.
- Teléfono: 0800 INFO (4636) o *463 para celulares de Administración Nacional de Telecomunicaciones.
- Asesoría de Política Comercial del Ministerio de Economía y Finanzas.
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