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Última actualización: 02/10/2026
MALDONADO - Intendencia

Amnistía Decreto 4125/26 - Contribución Inmobiliaria - Maldonado

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Incumplimiento del Decreto 353/23 - Recepción de denuncia

Es el trámite que permite ampararse al Decreto Departamental 4125/26, siempre que se verifiquen las condiciones mencionadas en el mismo. 

El trámite solo se podrá generar para aquellos padrones que cumplan con el requisito del Decreto Departamental 4125/26: la suma del Impuesto de Contribución Inmobiliaria, el Adicional Impuesto General Ambiental y el Adicional Impuesto de Alumbrado Público represente la suma global de hasta $25.000 (pesos uruguayos veinticinco mil) en el Ejercicio 2026, a valores del mes de febrero de ese año.

Las medidas previstas en el presente Decreto Departamental tendrán vigencia hasta el 31 de
marzo de 2027.

Requisitos

  • Documento Nacional de Identidad

    • De anverso y reverso.
  • Título de Propiedad.

    • Íntegro debidamente inscripto, o vinculación documental del gestionante con el inmueble (Título de Propiedad, Certificado Notarial de presuntos herederos, Certificado Notarial de Propiedad, Promesa de Compra Venta, Poseedor con Sentencia, otros).
  • Carta poder con certificación notarial de firmas.

    • Con facultades suficientes y vigencia de 6 meses.
  • Certificado Notarial.

    • Vigencia de 6 meses.
    • En caso de sociedades, certificado notarial (vigencia de 6 meses) con control de personería, representación y vigencia de la sociedad

Otros datos de interés

  • El Decreto 4125/2026 no incluye la contribución rural.
  • Para el caso de otros tributos, debe hacerlo por el formulario de "Amnistía Decreto - Decreto 4125/26 - Varios" (deudores de precios, y otros ingresos públicos). 
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Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    • Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.

      • Los adjuntos  deben ocupar menos de 5MB en su totalidad, y estar en formato PDF.
      • Los nombres de los archivos no deben contener apóstrofes.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar en el botón “Iniciar trámite en línea”.
    2. El gestionante deberá completar correctamente el formulario web, ingresando los datos y documentos solicitados.
    3. Posteriormente, será contactado desde la administración con la validación o pedido de ampliación de documentos, según corresponda.
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