Amnistía Decreto 4125/26 - Contribución Inmobiliaria - Maldonado
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite que permite ampararse al Decreto Departamental 4125/26, siempre que se verifiquen las condiciones mencionadas en el mismo.
El trámite solo se podrá generar para aquellos padrones que cumplan con el requisito del Decreto Departamental 4125/26: la suma del Impuesto de Contribución Inmobiliaria, el Adicional Impuesto General Ambiental y el Adicional Impuesto de Alumbrado Público represente la suma global de hasta $25.000 (pesos uruguayos veinticinco mil) en el Ejercicio 2026, a valores del mes de febrero de ese año.
Las medidas previstas en el presente Decreto Departamental tendrán vigencia hasta el 31 de
marzo de 2027.
Requisitos
Documento Nacional de Identidad
- De anverso y reverso.
Título de Propiedad.
- Íntegro debidamente inscripto, o vinculación documental del gestionante con el inmueble (Título de Propiedad, Certificado Notarial de presuntos herederos, Certificado Notarial de Propiedad, Promesa de Compra Venta, Poseedor con Sentencia, otros).
Carta poder con certificación notarial de firmas.
- Con facultades suficientes y vigencia de 6 meses.
Certificado Notarial.
- Vigencia de 6 meses.
- En caso de sociedades, certificado notarial (vigencia de 6 meses) con control de personería, representación y vigencia de la sociedad
Otros datos de interés
- El Decreto 4125/2026 no incluye la contribución rural.
- Para el caso de otros tributos, debe hacerlo por el formulario de "Amnistía Decreto - Decreto 4125/26 - Varios" (deudores de precios, y otros ingresos públicos).
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
- Los adjuntos deben ocupar menos de 5MB en su totalidad, y estar en formato PDF.
- Los nombres de los archivos no deben contener apóstrofes.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón “Iniciar trámite en línea”.
- El gestionante deberá completar correctamente el formulario web, ingresando los datos y documentos solicitados.
- Posteriormente, será contactado desde la administración con la validación o pedido de ampliación de documentos, según corresponda.
Enlaces de descarga