Agencia Nacional de Vivienda
Amortización extraordinaria
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es una entrega a cuenta del crédito por un monto mayor o igual al 10% del saldo adeudado. Una vez realizada la amortización extraordinaria, se reliquidará el crédito, pudiendo el cliente optar por la reducción del plazo, de la cuota o de ambos.
Requisitos
- El titular deberá presentarse con su cédula de identidad vigente.
- A la hora de efectivizar la entrega, deberá tener en cuenta los requisitos para pagos mayores a US$ 10.000 (ver requisitos).
- Los pagos que superen las UI 40.000 no podrán realizarse en efectivo, según lo dispuesto en los artículos 35 y 36 de la ley de inclusión financiera, Nº 19.210.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- El titular deberá presentarse con su cédula de identidad vigente en cualquiera de nuestras dependencias.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo
- Sector Cuotas
- Dirección: Cerrito 400, planta baja
- Horario de atención: lunes a viernes de 11:00 a 16:00hs.
- Teléfono: 17217
En el interior
- En cualquiera de nuestras dependencias en sus horarios de atención