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Última actualización: 20/10/2023
Ministerio del Interior - Dirección General de Fiscalización de Empresas

Baja de empresa de seguridad DI.GE.F.E.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).

Es la solicitud de baja que se concede a las Empresas de Seguridad habilitadas ante la DI.GE.F.E.

 

Requisitos

  • Debe haber realizado el Registro de Empresas y Representantes ante el Ministerio del Interior
  • Certificados únicos de BPS y DGI vigentes. En caso de poseer al menos uno de los certificados vencidos no permitirá continuar con el ingreso de la solicitud.
  • Constancia de baja del giro de seguridad en DGI o documento notarial que lo acredite.
  • Para el caso de poseer armas: Listado del Servicio de Material y Armamento (SMA).
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Costos

No tiene costo

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