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Fue confiable:
Fue muy fácil de realizar:
Funcionó correctamente en todo momento:
Permite ahorrar dinero:
Permite ahorrar tiempo:
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es la solicitud de la constancia emitida por la Dirección General de Fiscalización de Empresas (DI.GE.F.E.) en la que conste que la empresa se encuentra libre de multas y/o adeudo en el sistema o con convenio vigente de pago, pudiendo abonar mediante el presente los adeudos que figuren en el sistema.
La solicitud de Libre de Deuda, no es automática por lo que deberá de esperar el procesamiento por parte de la DI.GE.F.E.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Debe haber realizado el Registro de Empresas y Representantes ante el Ministerio del Interior.
Datos de la empresa:
Registro de deuda:
De corresponder la Constancia le llegará al correo electrónico declarado, un Link a fin de descargar el Certificado de Libre de Deuda.
En caso de rechazo de la misma se lo notificará al correo electrónico declarado.
Atención a la Ciudadanía