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Última actualización: 10/04/2026
Ministerio del Interior - Dirección General de Fiscalización de Empresas

Baja de vehículos blindados DI.GE.F.E.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Mediante el presente, las empresas deberán comunicar y solicitar la baja de los vehículos blindados destinados al transporte de valores, actualmente habilitados y registrados en el Sistema Integrado de Seguridad Privada.

Requisitos

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Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

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