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Última actualización: 03/07/2024
Ministerio del Interior - Dirección General de Fiscalización de Empresas

Baja de vehículos blindados DI.GE.F.E.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es la baja a los vehículos blindados de las empresas de seguridad habilitadas por DI.GE.F.E. para el transporte de valores.

 

Requisitos

Debe haber realizado el Registro de Empresas y Representantes ante el Ministerio del Interior.

  • Datos de la Empresa (RUT, nombre de fantasía, correo electrónico).
  • Certificados únicos de BPS y DGI vigentes.
  • Código de habilitación obtenido cuando realizó el trámite de habilitación.
  • Documento de destrucción del vehículo, transferencia o venta.
Iniciar trámite en línea

Costos

No tiene costo

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