Beneficio para extranjeros jubilados que obtengan residencia permanente
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es el beneficio otorgado por la Ley 16.340 a los ciudadanos extranjeros jubilados que opten por residir en forma permanente en Uruguay.
El beneficio consiste en el ingreso de bienes muebles y efectos de su casa-habitación, un vehículo automotor que no se podrá vender durante 4 años desde el ingreso y debe ser asegurado antes de entrar a circular o la obtención del Pasaporte Uruguayo.
Requisitos
- Se debe cumplir con las siguientes condiciones y adjuntar los comprobantes correspondientes:
- Encontrarse en situación de retiro o jubilación comprobada mediante recibo.
- Percibir un mínimo de U$S 1.500 (mil quinientos dólares americanos) mensuales por concepto de jubilación u otros ingresos generados en el exterior.
- Haber adquirido, una propiedad inmueble con destino a casa-habitación en el territorio nacional, la que deberá tener un valor mínimo de U$S 100.000 (cien mil dólares de los EEUU) y no podrá ser enajenada durante un período de diez años o valores públicos emitidos por el Gobierno del Uruguay por un valor nominal mínimo de U$S 100.000 (cien mil dólares de los EEUU), los que permanecerán bajo custodia en el Banco de la República Oriental del Uruguay, por un período mínimo de 10 años.
- Aquellos documentos que provengan del exterior deberán estar traducidos y legalizados.
Otros datos de interés
- Tener en cuenta que el usuario con el cual inicia el tramite deberá ser el del propio interesado.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetContar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En persona¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Completar el formulario web.
- Tome en cuenta que al momento de la realización deberá contar con la documentación solicitada en formato pdf para adjuntar.
- Tener en cuenta que el usuario con el cual inicia el tramite deberá ser el del propio interesado.
En persona- Presentarse en el consulado uruguayo o en las Oficinas de la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del Interior.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- En el exterior: debe iniciarse en el consulado uruguayo más próximo al lugar de residencia.
- En el país: en las Oficinas de la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del Interior si ya estuvieran en el país en forma temporaria y optaron por residir en forma permanente.
- Artigas, Artigas
- Dirección: 18 de mayo 292 (dentro de Jefatura)
- Horario: 9 a 15
- Teléfono: 1526145
Artigas, Bella Unión
- Dirección: Romeo Bianchi esq. Br. Artigas
- Horario: 08:00 a 14:00 hs.
- Teléfono: 4779 2835 152 1910
Cerro Largo, Melo
- Dirección: Rodó 661
- Horario: 09 a 15 hs.
- Teléfono: 4642 2437 - 152 1912
Colonia, Colonia del Sacramento
- Dirección: 18 de julio 428
- Horario: 09:00 a 15:00
- Teléfono: 4522 3271
Durazno, Durazno
- Dirección: Rivera 621
- Horario: de 09 a 15 hs.
- Teléfono: 152 8018
Maldonado, Maldonado
- Dirección: Ventura Alegre 727
- Horario: 09:15 a 14:15
- Teléfono: 42237624 - 1521906 /1907
Paysandú, Paysandú
- Dirección: Independencia 961
- Horario: 09 a 15 hs.
- Teléfono: 47224997 - 1521940 /1941
Río Negro, Fray Bentos
- Dirección: Rivera 1389
- Horario: 09.00 a 15.00
- Teléfono: 45 62 23 02
- DNM
Rivera, Rivera
- Dirección: J. Suárez 516
- Teléfono: 4622 4086
Salto, Salto
- Dirección: Artigas 450
- Horario: 08:00 a 14:00 hs.
- Teléfono: 47332860, 152 6354-6358
Soriano, Mercedes
- Dirección: 18 de julio S/N esq. Wilson Ferrerira
- Horario: 09 a 15 hs.
- Teléfono: 45322528, 152-1938/1939
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