Certificados de Eficiencia Energética (CEE)
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Los Certificados de Eficiencia Energética (CEE) son un reconocimiento económico que otorga el MIEM a las medidas de eficiencia energética (MMEE) implementadas exitosamente en el país.
El reconocimiento se calcula en función de los ahorros de energía de las MMEE, el precio de los CEE de cada convocatoria y otros atributos de las MMEE y los postulantes. Por tanto, los CEE dependen del ahorro de energía de las MMEE y no de la inversión.
Los CEE operan a través de convocatorias, a las que pueden postularle todos los usuarios finales de energía que hayan implementado proyectos de eficiencia energética acorde a los requisitos de cada convocatoria.
Hay 2 modalidades de convocatorias:
1 – Convocatorias para MMEE estandarizadas: la postulación es simple y rápida y la puede realizar el propio interesado, sin requerir de terceros. Aplica a ciertos tipos de MMEE estandarizadas por el MIEM (ej.: vehículos livianos eléctricos de batería de litio o superior densidad de energía gravimétrica, paneles solares fotovoltaicos, paneles solares térmicos, entre otros) y con un tope de ahorros de energía.
2 – Convocatorias para MMEE no estandarizadas: son para todas aquellas MMEE que no hayan sido estandarizadas por el MIEM o superen el tope de ahorros de energía establecidos para estas. Para postularse, los ahorros de energía deben ser certificados por un Agente Certificador de Ahorros de Energía registrado en el MIEM.
Por más información sobre las convocatorias dirigirse al portal de Eficiencia energética.
Requisitos
- Los postulantes y beneficiarios de los CEE deben ser los propietarios de las medidas, es decir, aquellos que adquirieron e implementaron las MMEE.
- Cada MMEE deberá haber sido implementada como mínimo un año antes de la solicitud del certificado y hasta el plazo máximo establecido en cada convocatoria.
- Haber desarrollado para el proyecto una evaluación anual de cumplimiento de resultados por parte de un Agente Certificador de Ahorros de Energía registrado en el MIEM. En el caso de las MMEE estandarizadas la evaluación la realizan los técnicos evaluadores del MIEM al recibir la postulación.
- Haber verificado que cada medida cumple con la Condición de Eficiencia Energética bajo las condiciones que se establezcan en cada convocatoria.
- Otras condiciones particulares establecidas en cada convocatoria.
Otros datos de interés
Toda la información sobre cada convocatoria de los CEE, requisitos a cumplir y documentación de estas (bases, formularios, instructivos, preguntas frecuentes, etc.) se encuentran disponibles en el portal de Eficiencia energética.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Contar con la documentación solicitada escaneada en formatos JPG o PDF.
- Es posible realizarlo una vez que esté activa la convocatoria.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o identificación electrónica.
- Completar los datos requeridos en el formuario Web.
- Subir los archivos de la documentacion solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Por consultas: e-mail: daee@miem.gub.uy
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