Ministerio de Turismo - Dirección Nacional de Turismo
Cese de operador turístico
A partir de la declaración de Emergencia Sanitaria, que pudo haber afectado la atención, le sugerimos consultar las vías de contacto disponibles de cada Organismo en su sitio web.
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).
El operador que cesa actividad turística debe comunicarlo a Registro de Operadores Turísticos.
Iniciar trámite en línea
Requisitos
Cese Alojamientos Turísticos:
- Nota de solicitud de cese dirigida al Sr. Ministro de Turismo.
- Documentación que acredite la baja de la empresa ante DGI, o en su caso, la baja del giro específico.
- Presentar Libro de Quejas intervenido por Registro de Prestadores de Servicios Turísticos.
- Deberá reintegrar los instrumentos entregados por el Ministerio de Turismo, en especial, al momento de la inscripción.
Cese Agencia de Viajes / Transporte Turístico
- Nota de solicitud de cese dirigida al Sr. Ministro de Turismo.
- Documentación que acredite la baja de la empresa ante DGI, o en su caso, la baja del giro Agencia de Viajes y/o Transporte Turístico.
- Deberá reintegrar los instrumentos entregados por el Ministerio de Turismo, en especial al momento de la inscripción.
- Presentar Libro
Cese Prestadores de Servicios Turísticos Inmobiliarios:
- Nota de solicitud de cese dirigida al Sr. Ministro de Turismo.
- Documentación que acredite la baja de la empresa ante DGI, o en su caso, la baja del giro específico.
- En el caso que continúe con la actividad, pero fuera del ámbito territorial dispuesto por los Decretos 385/1994, 390/2003 y 804/2008, deberá presentar declaración
jurada, por la que declare desde qué fecha no ejerce la actividad al amparo de los Decretos 385/1994, 390/2003 y 804/2008. La declaración jurada debe estar
acompañada de certificación notarial de firmas. Personas jurídicas: certificar control y vigencia de la misma, nombres, apellidos, Cédula de Identidad de todos los socios, directores, representantes y vigencia de los cargos. Cumplimiento de la Leyes 17.904 (arts. 13 a 15), 18.930, 19.484 (en caso de no corresponder asì consignarlo, art. 31 Ley y art. 8 literal a) Decreto 166/017) y 19.535. - Si comparece apoderado se certificará respecto al Poder: lugar, fecha, Escribano autorizante; nombre y Cédula de Identidad del apoderado, que el Poder tiene
facultades suficientes, vigencia del mismo y que se otorgó clausula de vigencia. (Clausula de Vigencia: “este poder se considerará vigente y valido ante las
autoridades y oficinas públicas o privadas en que haya sido presentada, mientras no se comunique por escrito su revocación o cualquier otra forma de extinción o
modificación.”) - Deberá reintegrar los instrumentos entregados por el Ministerio de Turismo, en
especial al momento de la inscripción.
Cese Arrendadora de Vehículos Sin Conductor
- Nota de solicitud de cese dirigida al Sr. Ministro de Turismo.
- Documentación que acredite la baja de la empresa ante DGI, o en su caso, la baja del giro específico.
- En el caso que continúe con la actividad, pero fuera del ámbito de las disposiciones del Decreto 266/2015, deberá presentar Formulario de Declaración Jurada de Empresas de Arrendamiento de Vehículos sin Conductor que no realizan actividad vinculada al turismo, conforme lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 266/15, en la redacción dada por Decreto 88/17.
El Formulario se presentará en las condiciones y acompañado de la documentación que se lista en el Instructivo respectivo. - Deberá reintegrar los instrumentos entregados por el Ministerio de Turismo, en
especial al momento de la inscripción. - Presentar Libro de Quejas intervenido por Registro de Prestadores de Servicios
Turísticos.
Cese de Operador Turístico
- Nota de solicitud de cese dirigida al Sr. Ministro de Turismo.
- Documentación que acredite la baja de la empresa ante DGI, o en su caso, la baja del giro específico.
- Presentar Libro de Quejas intervenido por Registro de Prestadores de Servicios Turísticos.
- Deberá reintegrar los instrumentos entregados por el Ministerio de Turismo, en especial, al momento de la inscripción.
Requisitos para realización en línea
- Contar con Usuario gub.uy o también puede realizarlo ingresando con la cédula de Identidad electrónica mas el lector correspondiente.
Requisitos para realización presencial
- No hay requisitos particulares.
Otros datos de interés
- Duración/entrega: 15 días hábiles aproximadamente.