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Última actualización: 21/10/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General Impositiva

Clausura – fideicomiso

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

La clausura consiste en el cese o clausura efectiva de todas las actividades u obligaciones previstas en las disposiciones legales de los contribuyentes de la Administración Tributaria. 

Requisitos

Contrato para uso de servicios en linea CON BPS

  • Contrato: Titular, Representante y usuarios, deben suscribir Contrato Personal para uso de los servicios en línea. En caso que aún no hayan realizado dicho  trámite deben gestionar la solicitud a través de Contrato Persona BPS

 

 

    Otros datos de interés

    Constancia del trámite:

    • Formulario 6351 Constancia de Inscripción (Tarjeta de RUT.).
    • Formulario 6361 Confirmación de Datos.
    • Copia sellada de los formularios presentados.

    Plazo:

    • Se realiza dentro del plazo de 30 días de cesada la actividad.
    • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
    Iniciar trámite en línea

    Costos

    • Timbre profesional.

    Vías disponibles para realizar el trámite

    • ¿Qué se necesita?

      Por Internet

      Solicitud de Clausura:  Se deberá ingresar como requisito previo, una solicitud de clausura exclusivamente vía Web, para ello deberán ingresar en servicios en línea de DGI (registrándose con PIN o Contrato Web) y hacer click en solicitud de Clausura, dentro de las opciones de Registro Único Tributario.

      En persona

      Previa agenda web:

      • En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
      • Local DGI.

      Formularios:

      • Formulario 0355 “Cancelación (en 3 vías), con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
      • Formulario R500 (BPS) “declaración Padrones Rurales” con un timbre profesional, en caso de contribuyentes rurales.
      • Formulario 0453 “Inutilización de la documentación” detallando papelería impresa no utilizada y última utilizada, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado. (*)

      Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-   Ver Formularios (Formularios BPS)  Documentación a presentar:. Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT) . 2 fotocopias de su documento de identidad del titular. . Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad. . Contrato de disolución del fideicomiso (testimonio) con firmas certificadas y 2 fotocopias del mismo.  Este documento podrá ser sustituido por Certificación notarial y 2 fotocopias, donde el Escribano controle:

      • Fecha del contrato de disolución y liquidación con indicación de la no existencia de activos ni pasivos en la sociedad.
      • Causal de la extinción del fideicomiso (art. 33 de la Ley de fideicomiso)

      Nota: . En caso de contribuyente Rural se deberá tener en cuenta lo establecido en Instructivo “Baja de padrones rurales” (en Web de BPS).  

    • ¿Cómo se hace?

      Por Internet

      Una vez aprobada dicha solicitud, deberá presentar la documentación:

      I. En línea desde la Web de BPS:

      1. A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Clausura contribuyente común BPS-DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.

        Nota: no debe adjuntar timbre profesional en Formularios BPS o DGI-BPS ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS. Si corresponde adjuntar Formulario 0453 (exclusivo DGI) deberá enviarse con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.  II. Presencial, con previa Agenda Web. 

      Iniciar en Línea

      En persona

      1. Agenda y concurrir con la documentación solicitada.
    • ¿Dónde y cuándo se realiza?

      Previa Agenda Web. En Montevideo:Local DGI  - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT-VENTANILLA UNICA Subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.

      En Interior:En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden. Ver en Agenda Web Interior DGI lugares que exigen reserva previa.

    • Enlaces relacionados

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