Cobre: Certificado para Exportación
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es una constancia que habilita a las empresas a exportar productos de cobre comprendidos en el capítulo 74 de la Nomenclatura Común del Mercosur y partida 85.44.11.00.00.
La misma debe presentarse al momento de la numeración del DUA de exportación y certifica que la empresa se encuentra al día con el registro de industrializadores y comercializadores de cobre, así como con las presentaciones de movimientos trimestrales.
Requisitos
Registro Cliente Dirección Nacional de Industrias.
- Contar con usuario registrado y actualizado para realizar el trámite en la plataforma.
Inscripción en el registro de industrializadores y comercializadores de cobre
- Debe encontrarse vigente.
Presentación de movimientos trimestrales de cobre
- Encontrarse al día con las declaraciones al último trimestre cerrado.
Otros datos de interés
- El certificado se expide a través del mismo sistema y tendrá una vigencia de 90 días corridos.
Costos
- 0.2 U.R.
Formas de pago:
- Redes de cobranza descentralizada
- Sistema de pagos web (se habilita al registrar el cliente)
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o identificación electrónica.
- Se completa el formulario por VUCE. Acceda al instructivo.
- Se envía a control del técnico en DNI.
- Aduanas recibe automáticamente el certificado a través del mismo sistema.
Por consultas:
En caso de requerir asistencia personalizada para iniciar el trámite en línea, podrán dirigirse a nuestras oficinas
- Dirección: Mercedes 1041, Montevideo.
- Teléfono: 2840 1234.
- Horario: de 9:00 a 15:30 horas.
Enlaces relacionados