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Última actualización: 31/07/2025
Ministerio de Economía y Finanzas - Auditoría Interna de la Nación

Comunicación de reintegro de capital integrado para Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es cuando la Sociedad por Acciones Simplificadas, debido a pérdidas en su patrimonio, entra en causal de disolución y los socios resuelven realizar reintegros de capital para reintegrar parcial o totalmente el capital integrado para salir de la mencionada causal.

Requisitos

  • Declaración jurada.

  • Presentación de nota o escrito.

    • Deberá presentar Nota dirigida al Sr. Auditor Interno de la Nación, comunicando el reintegro de capital integrado.

Vías disponibles para realizar el trámite

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