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Última actualización: 20/10/2023
Ministerio del Interior - Dirección General de Fiscalización de Empresas

Cuponera de Timbres para Trámites de la DI.GE.F.E.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámite que le permite a las empresas tener una cuenta corriente de timbres para ser utilizados en los trámite de la DI.GE.F.E.

Requisitos

Otros datos de interés

  • Los timbres que se compran son registrados en una cuenta corriente de timbres de la empresa.
  • Solo pueden ser utilizados en los trámite de de la DI.GE.F.E.
  • Son intransferibles entre empresas.
  • La empresa solo podrá realizar el o los trámites que requieran timbres si tiene comprados por el presente trámite.

Vías disponibles para realizar el trámite

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