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Última actualización: 03/05/2022
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Industrias

Declaración Jurada de Origen - ACE 2 y ACE 57.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23
  • Es un trámite por el cual el exportador acredita cumplir con los requisitos de origen específicos de un bien a ser exportado en el marco de los Acuerdos número 2 y 57 (acuerdos automotrices).

Requisitos

  • Tener un proyecto de exportación aprobado previamente por la Dirección Nacional de Industrias.

Otros datos de interés

  • Vigencia de 180 días o hasta que se produzcan cambios relevantes en los valores o proveedores.
  • Podrá acceder a la descarga de un video explicativo.
Iniciar trámite en línea

Costos

  • Formulario valor 0,2 UR
  • Un timbre digital.
  • Formas de pago:

Vías disponibles para realizar el trámite

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