Declaración jurada de propietarios de colmenas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Declaración Jurada de Propietarios de Colmenas: es para las Personas Físicas o Jurídicas que se encuentren en posesión de al menos una colmena.
La Declaración Jurada se debe realizar obligatoriamente del 1º al 31 de julio de cada año.
Requisitos
- Tener clave y usuario en el Sistema Nacional de Trazabilidad de Productos Apícolas (SINATPA).
- Ingresar a la opción “Nueva Declaración Jurada”, completar el formulario en línea.
- Timbre Profesional Universitario para declaraciones juradas, que debe abonarse electrónicamente al momento de realizar la declaración.
Otros datos de interés
Por consultas:
- Dirección General de la Granja.
- Av. Eugenio Garzón 456 esq. Dr. Carlos María de Pena - Montevideo.
- Horario: de lunes a viernes de 9:30 a 16 hrs horas.
- Tel: 23064280 Ints: 160107, 160111 o 160121.
Costos
- Timbre Profesional (se abona electrónicamente en el momento de realizar la Declaración Jurada).
NOTA: De acuerdo a la Ley Nº 19535 del 25 de setiembre de 2017, Art. 93, los apicultores quedan exonerados del pago de timbre , a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, por concepto de Declaración Jurada.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresando al botón "Iniciar trámite en línea" .
- Ingresar al SINATPA con su usuario y clave.
- Realizar la declaración jurada correspondiente.
- Abonar el Timbre Profesional Universitario para declaraciones juradas, electrónicamente.
- Imprimir el carné de acreditante de la titularidad de las colmenas.
- La declaración quedará aprobada una vez que confirme el último paso.
- El usuario del sistema es el número de cédula del propietario para personas físicas, y el número de RUT para personas jurídicas.
- El propietario puede descargar una versión para imprimir de la declaración jurada si lo necesita, así como el Carné de Propietario de Colmenas.
- La declaración jurada NO debe entregarse en formato papel, la misma es totalmente electrónica.
¿Dónde y cuándo se realiza?
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