AIN- Declaración Jurada- Registro de Sociedades Fusión-Escisión
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la declaración jurada que deben presentar ante la Ain para el Registro de Sociedades de las sociedades que resuelven fusionarse o escindirse, las que no computarán el valor llave a efectos fiscales del IRAE, no constituyendo renta bruta a tales efectos, siempre que comuniquen al registro que lleva la Auditoría Interna de la Nación (A.I.N.) la información relativa a la cadena de propiedad identificando a todos los propietarios finales.
Requisitos
Declaración Jurada.
- Declaración Jurada suscrita por el representante de la entidad (Formulario A.I.N. versión 12/02/2025: DECLARACIÓN JURADA SOBRE LOS PROPIETARIOS FINALES. ARTÍCULO 29 Literal F, TÍTULO 4, CAPÍTULO IV, TO 2023) con certificación notarial de firmas y acreditación de la personería jurídica y representación (vigencia y facultades suficientes), así como el cumplimiento de la Declaratoria prevista en el artículo 86 de la Ley Nº 16.060 de 4/9/1989, con la redacción dada por el artículo 13 de la Ley Nº 17.904 de 7/10/2005 (en caso de corresponder) y el cumplimiento de las Leyes números 18.930 de 17/7/2012 y 19.484 de 5/1/2017 (en caso de corresponder). A su vez, en la referida declaración se deberá indicar que las operaciones de fusión y/o escisión se realizan al valor contable del patrimonio trasmitido.
- Declaración en un lapso no inferior a 2 años contados desde la fecha de la comunicación al registro que lleva a tales efectos la Auditoria Interna de la Nación.
A efectos de cumplir con lo dispuesto en el artículo 29, Literal F a) y d) del Título 4, Capítulo IV, TO 2023, se deberá presentar necesariamente ante la A.I.N. y en un lapso no inferior a 2 años contados desde la fecha de comunicación de la 1era Declaración Jurada, la siguiente documentación:- Declaración Jurada (Formulario A.I.N. versión 12/02/2025: DECLARACIÓN JURADA ARTÍCULO 29, Literal F a) y d) del TÍTULO 4, CAPÍTULO IV, TO 2023) con certificación notarial de firmas y acreditación de los extremos señalados ut supra. (Ver instructivo)
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Correo electrónico.
- Contar con un correo electrónico.
En persona
Agenda previa.
- Agendarse en el siguiente link
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Completar el formulario y subir la documentación en formato pdf.
En persona
- El día y hora agendada concurrir con la documentación.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Ver listado de direcciones- Montevideo, Montevideo
- Dirección: Paysandú 941 esq. Río Branco
- Teléfono: (+598) 2901 72 23
- Montevideo, Montevideo
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