Declaración de Servicios de empresas que operan con la DIGEFE
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual las empresas de seguridad privada habilitadas ante la Dirección General de Fiscalización de Empresas (DI.GE.F.E.) declaran y mantienen actualizada la información en el Sistema Integrado de Seguridad Privada, relativa a los servicios de seguridad que brindan a terceros, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 19.721 y el Decreto Nº 35/022.
Requisitos
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Registro de Empresas y Representantes ante el Ministerio del Interior.
- El usuario solicitante deberá ser REPRESENTANTE REGISTRADO por la empresa a través del trámite Registro de empresas y representantes ante el Ministerio del Interior.
Certificado DGI.
- Vigente para realizar el trámite; de lo contrario, el sistema no le permitirá continuar.
Certificado BPS.
- Vigente para realizar el trámite; de lo contrario, el sistema no le permitirá continuar.
Aportar datos.
Tipo de trámite:
- Declaración de servicios: a persona física o persona jurídica (deberá aportar RUT) y la ubicación del servicio, entre otros datos, para ambos casos.
- Modificación: deberá contar y aportar el número de registro del servicio que se obtiene en la declaración.
- Baja: lo mismo al ítem anterior.
Tipo de servicio que se brinda:
- Seguridad y vigilancia física (ej. guardias con y sin arma, otros autorizados).
- Seguridad electrónica (Ej. Instalación, mantenimiento, monitoreo, respuesta técnica, otros autorizados).
- Cercas eléctricas
Otros datos de interés
Téngase en cuenta lo dispuesto en el capítulo II) EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA. Artículo 27 de la Ley 19.721, literal B) numeral 2, entre otros: "Mantener informada a la autoridad fiscalizadora mediante el envío de comunicaciones en que conste: La individualización de los servicios a prestar, con una antelación de cuarenta y ocho horas..."
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Aportar datos.
- Aportar los datos requeridos en los formularios del trámite.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar al botón "Iniciar Trámite en Línea".
- Acceder con su usuario o identificación electrónica.
- Se ingresan los datos solicitados en el formulario web.
- Una vez finalizada la solicitud será notificado al correo electrónico.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- Dirección General de Fiscalización de Empresas (DI.GE.F.E.)
- Horario de atención al público: De lunes a viernes de 10:00 a 17:00 horas.
- Dirección: Carlos Quijano 1316, piso 1 - Montevideo.
- Teléfono de contacto: 2030 1600.
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