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Última actualización: 06/08/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Contaduría General de la Nación

Depósito de timbre de ejecución judicial

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).

Trámite para pago por concepto de Impuesto a las Ejecuciones Judiciales (Timbre) a los efectos de iniciar proceso judicial de acuerdo al art. 480 de la Ley 16.170. 

Iniciar trámite en línea

Requisitos

Tener a disposición la siguiente información según corresponda:

Persona física:

  • nombre y apellido 
  • cédula de identidad
  • importe a depositar
  • teléfono de contacto

Persona jurídica

  • denominación
  • RUT
  • importe a depositar
  • teléfono de contacto
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Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    • Contar con usuario y clave para acceder online a operaciones con la cuenta bancaria desde donde se realizará la transferencia.
    • Completar el formulario

    En persona

    • Descargar y completar el formulario con los datos requeridos.
    • Presentar el formulario junto con el depósito en BROU, (agencia y sucursales con ventanilla, NO por buzonera).
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresando al botón "Iniciar trámite en línea".
    2. Completar los datos solicitados en el formulario web.
    3. Se presiona "Continuar" y se ingresa en el sistema de DEPÓSITO POR TRANSFERENCIA BANCARIA con usuario y contraseña, desde donde se accede a la cuenta bancaria de la cual se pagará el impuesto.
    4. Luego de realizada la transacción, le llegará al contribuyente un correo indicando que se realizó la transacción con éxito y con archivo adjunto del depósito a presentar ante el juzgado.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Descargar y completar el formulario con los datos requeridos.
    2. Imprimir. 
    3. Depositar en BROU (Sucursales o Agencias) que cuenten con pagos en ventanilla, NO por buzonera.
    4. Este formulario con la constancia de depósito en BROU se presenta en el juzgado como comprobante.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    • En Agencias o Sucursal de BROU (en ventanilla, NO por buzonera) con formulario de depósito al Tesoro Nacional.
  • Enlaces relacionados

  • Enlaces de descarga

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