Ministerio de Economía y Finanzas - Contaduría General de la Nación
Depósito de timbre de ejecución judicial
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Trámite para pago por concepto de Impuesto a las Ejecuciones Judiciales (Timbre) a los efectos de iniciar proceso judicial de acuerdo al art. 480 de la Ley 16.170.
Requisitos
Tener a disposición la siguiente información según corresponda:
- Persona física:
- nombre y apellido
- cédula de identidad
- importe a depositar
- teléfono de contacto
- Persona jurídica:
- denominación
- RUT
- importe a depositar
- teléfono de contacto
Otros datos de interés
A partir de que se cuenta con toda la información solicitada, el plazo estimado de duración del trámite es de 24 horas hábiles.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
- Contar con usuario y clave para acceder online a operaciones con la cuenta bancaria desde donde se realizará la transferencia.
- Completar el formulario.
En persona
- Descargar y completar el formulario con los datos requeridos.
- Presentar el formulario junto con el depósito en BROU (agencias y sucursales con ventanilla, NO por buzonera).
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Completar los datos solicitados en el formulario web.
- Se presiona "Continuar" y se ingresa en el sistema de DEPÓSITO POR TRANSFERENCIA BANCARIA con usuario y contraseña, desde donde se accede a la cuenta bancaria de la cual se pagará el impuesto.
- Luego de realizada la transacción, le llegará al contribuyente un correo indicando que se realizó la transacción con éxito y con archivo adjunto del depósito a presentar ante el juzgado.
En persona
- Descargar y completar el formulario con los datos requeridos.
- Imprimir.
- Depositar en BROU (Sucursales o Agencias) que cuenten con pagos en ventanilla, NO por buzonera.
- Este formulario con la constancia de depósito en BROU se presenta en el juzgado como comprobante.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- En Agencias o Sucursales de BROU (en ventanilla, NO por buzonera) con formulario de depósito al Tesoro Nacional.
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