Descargos por concepto de labrado de actas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Escrito que presenta el proveedor en respuesta a una actuación que llevó a cabo el Organismo mediante una inspección o denuncia, que queda documentada en un acta de infracción o informativa.
Requisitos
Dentro del plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al labrado del Acta presentar:
- Escrito original y copia, ambos firmados por el representante legal de la Empresa.
- Fotocopia de la Cédula de Identidad del mismo y documentación que acredite la representación.
- Para SRL: Certificado Notarial.
- Para Sociedades Anónimas: Certificado Notarial o Libro de Actas.
- Para Unipersonales y Sociedades de Hecho: Certificado Notarial o Inscripción en BPS o tarjeta de RUT.
En todos los casos traer originales y fotocopias simples. Acompañar con triplicado del Acta y fotocopia del mismo.
Otros datos de interés
- Duración: se eleva a la sección que corresponda dentro de los plazos reglamentarios.
Costos
A todo escrito que se presente firmado por un profesional, deberá aplicarse el timbre profesional vigente al momento, según Ley 17.738 Artículo 71 inciso A. Decreto 67/005.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- Presentarse personalmente con la documentación solicitada.
- Se recibirá la solicitud y luego se elevará la misma a la sección que corresponda.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Área Defensa del Consumidor.
- Dirección: Uruguay 948 esquina Río Branco, Planta Baja.
- Mesa de Entrada.
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:30 a 15:30 horas.
- Área Defensa del Consumidor.
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