Designación de un administrador en una empresa unipersonal por jubilación o subsidio por incapacidad parcial
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual el titular de una empresa unipersonal por su jubilación e inactividad, cumple con la obligación formal de inscribir un administrador ante la Administración Tributaria.
Requisitos
Formularios
- Formulario 0351 Inscripción y actualización, Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales, si corresponde, por cambio de domicilio constituido u otros datos a que haga referencia el mismo.
- Formulario 0352 Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas.
- Formulario 0353 Actualización / inscripción personas jurídicas vinculadas.
- Formulario Rec. 205 Declaración de sueldos fictos.
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación adicional a presentar:
- Certificación notarial estableciendo:
- Firma del titular y administrador.
- Datos de los firmantes:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad.
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal.
- Domicilio particular.
- Haber efectuado todos los controles correspondientes al contrato de designación de administrador, aclarando que la causal del cese patronal es por jubilación o subsidio transitorio por incapacidad parcial.
A los efectos de acreditar la desvinculación de actividad personal remunerada del titular de la unipersonal, deberá presentar:
- Contrato de designación del administrador que reúna los siguientes conceptos:
- Datos del titular, apellidos, nombres, número de contribuyente, número de empresa, fecha de cese.
- Designación de administrador, apellidos, nombres, cédula de identidad, domicilio, fecha de designación y aceptación del cargo, el que deberá tener el carácter de rentado.
- Plazo del contrato y condiciones de rescisión del mismo.
Aclaraciones:
- De contener certificación notarial todos los extremos del contrato de designación de administrador, no será necesario presentar éste último.
- El ingreso del administrador debe ser a partir de la fecha del otorgamiento de la jubilación o subsidio transitorio por incapacidad parcial.
- Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
Otros datos de interés
Plazo:
- Hasta 30 días corridos desde la fecha del contrato.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del Trámite:
- Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Costos
2 Timbres profesionales $ 250. Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024.-
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
El trámite se ingresa en línea desde la web de BPS.
El titular, representante o administrador debe ingresar con usuario autenticad de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
Aclaraciones:
- No debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
- Los titulares, representantes o administradores que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional consultar instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
En persona
En Montevideo
- Los formularios requeridos para el trámite deberán presentarse en tres vías de las cuáles al menos dos deberán ser originales, en doble faz y con un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- La documentación adicional deberá presentarse en original y dos copias.
En interior
- No aplica modalidad en persona.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaSi el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente:
- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Se gestiona a través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR,
- Seleccionar el tema “Registro de contribuyentes comunes BPS-DGI” e identificar el tipo de trámite a realizar.
Debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración: una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
En persona
Para contribuyentes con domicilio constituido en Montevideo:
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.
- Sector Registro Único Tributario - RUT, seleccionar el Departamento Montevideo y el trámite Atención Personalizada RUT.
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo
- Local DGI - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.
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