Destrucción de productos controlados en cumplimiento del Decreto Ley N° 14.294
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que se debe realizar para obtener el permiso para la destrucción de productos controlados conforme al Decreto- Ley N° 14.294.
Requisitos
- La empresa y Director Técnico deberá estar registrados como usuarias de la División Sustancias Controladas conforme a Ord. Ministerial 1320/022.
- Contar con los archivos de la documentación solicitada en los formatos permitidos: pdf (máx. 5 MB).
Costos
Timbre profesional que reviste la comunicación de carácter de declaración jurada.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar a través del botón "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica.
- Completar el formulario que se presenta en pantalla con la siguiente información:
- Datos de la solicitud.
- Formulario para citaciones y notificaciones electrónicas.
- Firma electrónica.
- Información de pago.
- Pasarela de pago.
- Encuesta de satisfacción.
- Una vez enviada la información será notificado a su correo electrónico del estado del trámite.
¿Dónde y cuándo se realiza?
División Sustancias Controladas
- Dirección: Ministerio de Salud Pública, Av. 18 de Julio 1892, Oficina 08, Montevideo.
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:15 a 14:00 horas.
- Teléfono: 1934 interno 5057.
- Correo electrónico: sicofarmacos@msp.gub.uy
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