Enmienda de partidas, Decreto N° 64
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite por el cual es posible realizar la corrección de partidas que contienen errores u omisiones de naturaleza administrativa. Otros errores se rectifican por la vía judicial.
Requisitos
- Partida en la que se verifica el error. Si el error se encuentra en la partida archivada en la Dirección General del Registro Civil, el interesado debe adjuntar además la partida de la Intendencia que corresponda.
- Si el gestionante del trámite no es el titular o interesado, deberá presentar carta de autorización con firma del titular (carta simple), con fotocopia de cédula de identidad del titular y del gestionante, para poder realizar el trámite y retirar documentación original del expediente cuando se culmine el trámite.
- Formulario solicitud de enmiendas
- Toda la documentación debe ser presentada con fotocopia, que se entrega al interesado con sello, fecha y hora de presentación ante la Oficina de Registro con firma del funcionario.
- Para correcciones en partidas de nacimiento anteriores a las digitales (hasta el año 2012) y para todas las del Interior del país, el interesado deberá agregar el Certificado de Nacido vivo (CNV) expedido por MSP (siempre que esté dentro del plazo de los últimos 5 años).
- Correcciones en partidas extranjeras (ya transcriptas por el Registro de Extranjeros). Se debe ingresar la Partida en la que se verifique el error. Se pueden agregar la siguiente documentación probatoria según corresponda: notas aclaratorias del traductor aclarando el error de la traducción primaria, o constancias consulares o de la Embajada en Uruguay del País de origen.
El Departamento Jurídico se reserva el derecho de solicitar documentación complementaria cuando el caso lo requiera.
Por favor imprima el formulario que se encuentra publicado en vínculos asociados, complete la mayor cantidad de datos posible con la información que disponga y lleve el formulario con usted el día de su cita.
Otros datos de interés
- Este trámite únicamente se realiza con agenda previa.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaSólo Agenda:
- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Seleccionar día y hora mediante la agenda web.
En persona
- Concurrir el día y hora previamente agendado.
- Presentar la documentación y el formulario de solicitud completo
- Si necesita ayuda dirigirse telefónicamente o via mail a Atención al Usuario:
- Teléfono: 29150103.
- Horario de atención de 09:00 a 17:00 horas.
- Correo electrónico: atencionalusuario@mec.gub.uy
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Dirección: Calle Uruguay 933.
- Horario de atención: 10:15 a 15:00 horas.
- Teléfono: 29150103.
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