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Última actualización: 18/08/2023
Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud

Estudios de equivalencia biofarmacéutica in vitro

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es la evaluación del informe final de un estudio de equivalencia biofarmacéutica in vitro. Se aplica para los trámites de solicitud de registro y autorización de venta, renovación o modificación a datos de registro de especialidades farmacéuticas para las cuales corresponda aplicar bioexención según los Decretos 12/007, 369/010, 87/016, 141/018 y Ordenanzas 270/013, 672/016 y 35/017.

Requisitos

  • El Director Técnico del Laboratorio responsable debe presentar el informe final del estudio de equivalencia biofarmacéutica in vitro, de acuerdo con los requisitos establecidos en los Decretos 12/007, 369/010, 87/016, 141/018 y en las Ordenanzas 270/013, 672/016 y 35/017.

Otros datos de interés

Los estudios de equivalencia biofarmaceutica in vitro se evaluan en conjunto con los tramites de solicitud de registro, renovación o modificaciones a datos de registro, según corresponda y cuando sea requisito por la normativa vigente.

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

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