MALDONADO - Intendencia
Exoneración de Contribución Inmobiliaria - Jubilados y/o Pensionistas por vejez (solo BPS) – Maldonado
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que permite ampararse al Decreto Departamental 4036/2021 para gestionar la exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria, siempre que se verifiquen las condiciones mencionadas en el mismo.
El plazo para exonerar el ejercicio 2026, es desde el 08 de octubre hasta el 30 de diciembre del 2025.
Requisitos
Aportar datos.
- Completar el formulario electrónico en tiempo y forma, adjuntando la información y documentos solicitados en el mismo.
- El inmueble urbano o suburbano debe constituir única propiedad, habitada en forma permanente por su dueño y familiares de primer grado.
- En el padrón no debe existir ningún comercio instalado.
Documento de Identidad.
Título de Propiedad.
Recibo
- Último recibo de BPS
- Recibo de UTE, OSE, Antel
Otros datos de interés
- Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 4.099: Exonera 100%.
- Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $8.198: Exonera 50%.
- El beneficio se deberá gestionar de forma anual.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
- Los documentos a adjuntar deben ocupar menos de 5MB en su totalidad. Se aceptan los formatos JPG, PNG y PDF.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón “Iniciar trámite en línea”.
- El gestionante deberá completar correctamente el formulario web, ingresando los datos y documentos solicitados.
- Posteriormente, será contactado desde la administración con la validación o pedido de ampliación de documentos, según corresponda.
Enlaces de descarga