Exoneración de Contribución Inmobiliaria - Única Propiedad - Personas en situación de discapacidad – Maldonado
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que permite ampararse al Decreto Departamental 4114/2025 para gestionar la exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria, siempre que se verifiquen las condiciones mencionadas en el mismo.
El plazo para exonerar el ejercicio 2026, es desde el 3 de noviembre hasta el 30 de noviembre del 2025.
Requisitos
Documento de Identidad.
Título de Propiedad.
- El inmueble urbano o suburbano debe constituir única propiedad, habitada en forma permanente por sus dueños y familiares de primer grado, y uno de los integrantes de la familia tiene minusvalía permanente que le impide acceso al mercado laboral.
Constancia de cobro o ingreso.
- Recibo de UTE, OSE, Antel
Certificación Médica.
- De discapacidad.
Otros datos de interés
- La administración podrá solicitar más documentación de así considerarlo.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
- Los documentos a adjuntar deben ocupar menos de 5MB en su totalidad. Se aceptan los formatos JPG, PNG y PDF. En preferencia, utilizar PDF, dado que ocupa menos espacio.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón “Iniciar trámite en línea”.
- El gestionante deberá completar correctamente el formulario web, ingresando los datos y documentos solicitados.
- Posteriormente, será contactado desde la administración con la validación o pedido de ampliación de documentos, según corresponda.
Enlaces de descarga