FLORIDA - Intendencia
Fraccionamiento y/o modificación de propiedad horizontal - Florida
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es una opción de fraccionamiento creada para edificios o departamentos, se aplica para cualquier tipo de construcción.
Requisitos
Documentación que se necesita para realizar el trámite:
- Nota dirigida al Sr. Intendente que esté firmada por todos los propietarios del predio a fraccionar.
- Cédula Catastral.
- Certificado Notarial que acredite propiedad del bien con el correspondiente Timbre Notarial.
- Contribución Inmobiliaria al día.
- Croquis o Plano realizado de acuerdo a los recaudos gráficos establecidos en la Ordenanza vigente, firmados por el Agrimensor que interviene y con el correspondiente Timbre Profesional.
- Plano de la localidad donde se indique la ubicación del predio.
Importante:
- Debe intervenir un Ingeniero Agrimensor registrado ante la División de Agrimensura.
- Debe de estar de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Fraccionamientos vigente.
- En caso de existir construcciones en el predio, deben tener el correspondiente Permiso de Construcción.
Otros datos de interés
- Cuando la aprobación del fraccionamiento exija proveer o independizar servicios de saneamiento, o pluviales, así como la conexión de agua y/ o corriente eléctrica, los mismos deben de ser realizados a costo del interesado.
- En el caso del Timbre Notarial que se solicita, éste debe estar adjunto al Certificado Notarial que se debe presentar.
- En el caso del Timbre Profesional que se requiere, es el que debe estar presente en el plano correspondiente.
Costos
- Tasa por gestión, se debe de abonar al inicio del trámite.
- Derechos de fraccionamiento de acuerdo a lo establecido a la Ordenanza de Construcciones vigente que deberá abonarse al momento de la expedición del permiso correspondiente.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- Se debe concurrir a la Intendencia de Florida, Municipios o Juntas Locales.
- Se presenta la Nota dirigida al Sr. Intendente con los datos que correspondan al trámite que se desea realizar.
- Con estos datos se creará un Expediente al cual se le asigna una serie de números, los que el interesado utilizará para realizar el seguimiento a su trámite.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- En la ciudad de Florida:
- Edificio Comunal de la Intendencia de Florida.
- Dirección: Independencia 586.
- En otras localidades:
- Se puede dar comienzo al trámite en Municipios u Oficinas Locales.
- Horario de atención al Público invierno de 10:15 a 15:30 horas.
- Horario de verano de 8.15 a 13.30 horas.
- Por mas información, comunicarse al Teléfono (4352) 5161 Interno 174.
- Florida, Casupá
- Dirección: Jose Pedro Varela 998 - Municipio de Casupá.
- Horario: De lunes a viernes de 10:15 a 16:15.
- Teléfono: 4311 2071.
- Florida, Fray Marcos.
- Dirección: Artigas 777 - Municipio de Fray Marcos.
- Horario: De lunes a viernes 10:15 a 16:15.
- Teléfono: 4311 6009.
- Florida, Sarandí Grande.
- Dirección: Dr. Alfredo San Juan 902 - Municipio de Sarandí Grande.
- Horario: De lunes a viernes 10:15 a 16:15.
- Teléfono: 4354 9044.
- En la ciudad de Florida:
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