Habilitación y registro de empresas de alimentos, cosméticos y domisanitarios
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que deben realizar las empresas fabricantes o importadoras y/o depósitos de Alimentos, Cosméticos, Domisanitarios y otros para poder funcionar en el mercado. Como resultado de esta solicitud, se otorga una Resolución Ministerial que autoriza al funcionamiento de la empresa con una vigencia de hasta 5 años, a partir de la fecha de emisión de la misma para la actividad solicitada.
Requisitos
- Para iniciar el Expediente de Habilitación se deberá presentar la siguiente documentación:
- FO-13223-001 Solicitud de Registro y Habilitación - Renovación de Habilitación de Empresas. Ver IN-13223-001 Instructivo para Formulario de Solicitud de Registro y Habilitación.
- FO-11012-001 Formulario para Citaciones y Notificaciones Electrónicas.
- Nota dirigida al Sr/a Ministro/a de Salud Pública, solicitando la habilitación correspondiente, firmada por la Dirección Técnica y Representante Legal de la empresa explicitando los procesos que desea habilitar.
Costos
- La Habilitación de una empresa en el MSP, es un trámite arancelado, cuyo costo deberá ser consultado al Departamento de Tesorería del MSP en el 3er piso del casco central del MSP (teléfono: 1934 3160 al 62).
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- La empresa interesada deberá presentar toda la información requerida en Mesa de Entrada del Departamento de Administración Documental.
- De la evaluación podrán surgir observaciones o nuevas solicitudes de información, de las que se notificará a la empresa oportunamente. A su vez, cuando se considere pertinente se podrán inspeccionar las instalaciones por parte de técnicos del MSP debidamente identificados.
- Una vez aprobado el trámite, se procede a la entrega del Certificado correspondiente junto a una copia de la Resolución de Habilitación firmada por el Señor/a Ministro/a cuando corresponda.
En el interior:
- Deberá acercarse a la Dirección Departamental de Salud correspondiente.
Cuando una empresa ya registrada solicita se amplíe su habilitación a ramos de giro regulados por el Departamento no aprobados previamente, o cambia alguna condición bajo la cual fue otorgado el certificado de Registro y Habilitación inicial, la empresa debe informar al DACD al respecto:
- Aportando la información que avale los cambios solicitados.
- Esta información es evaluada y al igual que en el caso de empresas nuevas se forma un expediente que sigue los pasos similares a los de una habilitación de empresa nueva solamente que se evalúan únicamente los cambios reportados.
- A excepción del caso de empresas nuevas que el que firma la Resolución de Registro y Habilitación es el Ministro, en el resto de las situaciones se emite una Resolución y un Certificado de Habilitación de Empresas por el DACD y siendo ambos firmados por el Director del Departamento y entregados a la empresa a través de Administración Documental.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Oficina: Departamento de Administración Documental.
- Dirección: Avenida 18 de julio 1892 Planta Baja, oficina 02.
Consultas técnicas:
- Las consultas técnicas se recibirán únicamente por medio del correo: deptoalimentos1@msp.gub.uy
En el interior:
- En la Dirección Departamental correspondiente.
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