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Última actualización: 30/04/2026
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Inscripción de grupo de interés económico

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Incumplimiento del Decreto 353/23 - Recepción de denuncia

Es el trámite mediante el cual los Grupos de Interés Económico cumplen con la obligación formal de inscribirse en la Administración Tributaria, previo al inicio de la actividad económica.

Requisitos

  • Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Formulario R205 - Declaración de Sueldos Fictos - BPS

    • Excepto empresas rurales
    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
  • Presentación de Contrato.

    • Testimonio notarial del contrato social.
  • Certificación Notarial.

    Estableciendo:

    • Firma de los socios.
    • Datos de los socios firmantes:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal.
      • Domicilio particular. En caso de no tener, debe establecer domicilio en el país.
    • Que son los únicos integrantes.
    • En caso de que alguno de los socios sea persona jurídica, control de:
      • la denominación,
      • la personería,
      • la representación y
      • el domicilio fiscal.
    • Nombre de los Administradores y Representantes.
      • En caso de no ser socios, se requiere certificación de firma y demás datos solicitados a los integrantes de la sociedad.
      • En caso de persona jurídica, nombrar a la persona física a través de la cual actuará, según artículo 82 de la Ley N° 16.060.
    • Denominación, personería y representación completa, incluyendo fecha del contrato.
    • Domicilio Fiscal. Corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad. Especificar:
      • Calle, número de puerta y entre qué calles se ubica.
      • En caso de no contar con número de puerta, debe aportar el número de padrón.
      • En los casos de domicilios en ruta, debe indicar ruta, km y número de padrón.
    • Inactividad de la sociedad desde la fecha del contrato a la fecha de inicio, si corresponde.
    • En caso de realizar actividad agropecuaria, tener en cuenta lo establecido en el instructivo Inscripción de empresa rural DGI BPS.
  • Documento de Identidad.

    • En caso de concurrir un tercero a realizar el trámite deberá  exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC). 
  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.

Otros datos de interés

PLAZO:

  • Se realiza con carácter previo al inicio de actividades de hasta 10 días.
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

CONSTANCIA DEL TRÁMITE:           

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
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Costos

  • Timbre profesional $ 270 del 01 de enero 2026 al 31 de diciembre 2026.
  • Timbre profesional adicional cuando corresponda presentar formulario 205 - Declaración Jurada trabajadores no dependientes (BPS).

 

Vías disponibles para realizar el trámite

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