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Última actualización: 30/07/2024
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Inscripción de Núcleo Familiar para el Impuesto al Patrimonio

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual los cónyuges optan por liquidar Impuesto al Patrimonio como Núcleo Familiar y cumplen con la obligación de inscribirse en la Administración Tributaria.

Requisitos

Formularios:

Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

Documentación a presentar:

  • Factura original completa, de no más de 60 días o contrato exclusivamente de UTE, OSE o ANTEL, a nombre de uno de los titulares.

Aclaraciones:

  • En el caso de que algunos de los integrantes no pueda firmar, en su lugar firmara el apoderado, quien podrá hacerlo por Poder o por Mandato Verbal si es profesional universitario debidamente certificado en notarial adjunto.
  • En caso de no contar con factura a nombre de los titulares deberá presentarse certificación notarial conteniendo:
    • Firma de los titulares y datos personales:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
      • Fecha de nacimiento.
      • Estado civil.
      • Mayoría edad.
      • Nacionalidad.
      • Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
    • Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.

Otros datos de interés

  • PLAZO:
    • La inscripción se realiza con carácter previo dentro de los 10 días anteriores a la fecha del hecho generador y hasta la fecha de vencimiento del pago del saldo o de la declaración jurada de Impuesto al Patrimonio.
    • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
  • CONSTANCIA DEL TRÁMITE:
    • Formulario 6361 Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    En persona

    • Presentar dos copias de los formularios y otra documentación adicional que se detalla en Requisitos Específicos.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    Se inicia el trámite adjuntando documentación desde la web de DGI a través de servicios en línea.

    1. Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
    2. Presionar botón Servicios en línea e ingresar con previa autenticación de uno de los integrantes.
    3. Seleccionar dentro de trámites Solicitud de Inicio 
    4. Completar los datos del formulario.
    5. Seleccionar Trámite RUT Exclusivo DGI y Sub tramite: Persona física, Núcleo Familiar, Sucesión Indivisa.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Deberá agendarse previamente, ingresando a AGENDA – Registro Único Tributario, y posteriormente seleccionar Departamento: Montevideo; Trámite: Exclusivo DGI; Sector: RUT Exclusivo – Subsuelo.
    2. Concurrir el día y hora previamente agendado o asignado, con la documentación solicitada.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • Local DGI - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Exclusivo.
    • AGENDA WEB – Registro Único Tributario, y posteriormente seleccionar Departamento: Montevideo; Trámite: Exclusivo DGI; Sector: RUT Exclusivo – Subsuelo.

     

     

  • Enlaces relacionados

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