Sitio oficial de la República Oriental del Uruguay
Última actualización: 29/07/2024
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Inscripción de organismos del Estado

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual los Organismos del Estado cumplen con la obligación formal de inscribirse en la Administración Tributaria, previo al inicio de actividades.

Requisitos

Formularios

  • Formulario 0351 Inscripción y actualización- Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales, en 3 vías con un timbre profesional.

  • Formulario 0352 - Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas, en 3 vías.

  • Formulario 0353 Formulario 0353. Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas, en 3 vías (de corresponder).

Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

Documentación adicional a presentar:

Certificación Notarial que certifique lo siguiente:

  • Firmas de los representantes del Organismo.
  • Datos individualizantes de los representantes:
    • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
    • Documento de Identidad.
    • Estado civil.
    • Nacionalidad.
    • Capacidad legal
    • Domicilio particular.
  • Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
  • Administración y Representación. En caso de persona jurídica administradora o representante nombrar a la persona física a través de la cual actuará, según artículo 82 de la Ley N° 16.060.
  • Resolución o documento que acredite su constitución y fecha.
  • Resolución que acredite su calidad de representante o titular del Organismo.
  • Domicilio fiscal especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad.

Aclaraciones:

  • En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número de puerta. En caso de no contar con número de puerta, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.

    Otros datos de interés

    Constancia del trámite:

    • Formulario 6361 - Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

     

    Iniciar Trámite en Línea

    Costos

    Un timbre profesional $ 250 (Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024).

    Vías disponibles para realizar el trámite

    Los campos indicados con * son obligatorios

    Enviar una consulta

    A través de este medio únicamente se realizan consultas, no se realizan trámites

    CAPTCHA
    1 + 15 =
    Resuelve este simple problema matemático y presiona enter. Ej: para 1+3 enter 4
    Esta pregunta es para comprobar si usted es un visitante humano y prevenir envíos de spam automatizado.