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Última actualización: 23/09/2025
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Inscripción de organismos del Estado

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual los Organismos del Estado cumplen con la obligación formal de inscribirse en la Administración Tributaria, previo al inicio de actividades.

Requisitos

  • Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración. 

    Archivo asociado

  • Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración. 

    Archivo asociado

  • Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI

    • Si corresponde.
    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Certificación Notarial.

    Estableciendo:

    • Firma de los representantes del Organismo.
    • Datos individualizantes de los representantes:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal.
      • Domicilio particular.
    • En caso de que alguno de los integrantes sea persona jurídica, control de:
      • La personería,
      • Representación y
      • Domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
    • Régimen de Representación y Administración.
      • En caso de tratarse de persona jurídica, nombrar a la persona física a través de la cual actuará, según artículo 82 de la Ley N° 16.060.
    • Resolución o documento que acredite su constitución y fecha.
    • Resolución que acredite su calidad de representante o titular del Organismo.
    • Domicilio Fiscal. Corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad. Especificar:
      • Calle, número de puerta y entre qué calles se ubica.
      • En caso de no contar con número de puerta, debe aportar el número de padrón.
      • En los casos de domicilios en ruta, debe indicar ruta, km y número de padrón.
    • Este certificado debe estar ligado a los Formularios 0351, 0352 y/o 0353.
  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.

Otros datos de interés

Constancia del trámite:

  • Formulario 6361 - Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

 

Iniciar Trámite en Línea

Costos

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    En Montevideo:

    • No es posible realizar la inscripción por internet.

    En interior:

    1. Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
    2. Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
    3. Seleccionar Servicios en línea / Trámites – Solicitud de inicio.
    4. Completar los datos del formulario y seleccionar:
      1. Trámite RUT DGI – BPS
      2. Sub trámite: Inscripción Pluripersonales - Domicilio Constituido Interior
      3. Adjuntar la documentación correspondiente.
    5. Una vez procesada la información le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite, la agenda presencial para su culminación, debiendo concurrir con la documentación indicada en los requisitos.
    Iniciar en Línea

    En persona

    En Montevideo:

    1. Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
      • Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 deben ser originales. Impresos en doble faz.
      • El trámite requiere timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
      • La documentación adicional debe presentarse en original y 2 copias. 

    En interior:

    • El trámite se inicia exclusivamente vía web, debiendo concurrir el día y hora asignado para finalizar la inscripción.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • En local BPS – Registro de Contribuyentes y Empresas
      • Sarandí 570 – Planta Baja.
  • Enlaces relacionados

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