Inscripción de Partidas Supletorias
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Partidas Supletorias se rigen por el Decreto 61/2017 y se aplica para todo los extranjeros radicados en la República que prueben fehacientemente la imposibilidad de obtener su partida de nacimiento en el país de origen. Es un trámite residual, y generalmente se recurre a el, en caso de destrucción de las partidas de sus países por guerra, inundación, incendio, o alguna otra catástrofe, siempre y cuando el país de origen no lo pueda subsanar por algún medio legal.
Requisitos
- Constancia fehaciente de la Representación Diplomática en Uruguay, del país de procedencia de la documentación o el concurrente (Embajada, Consulado, etc) de la imposibilidad de obtener el documento original a inscribirse por falta de inscripción insubsanable (por ej. la inexistencia de inscripción fuera de plazo en el país de origen) o destrucción del mismo.
- Constancia de la Dirección Nacional de Migraciones del ingreso del titular del documento extranjero al país.
- Original y fotocopia simple de documentos de origen que prueben el nombre y la edad del titular del trámite, pudiendo presentarse pasaporte, documento identificatorio, cédula de identidad, carnet laboral, licencia de conducir, escolaridad o cualquier otro que le permita en su país de origen identificarse.
- La documentación que se encuentre en otro idioma deberá presentarse traducida por Traductor Público uruguayo (art. 3 Ley 15441 y su modificativa art. 79 Ley 15.514).
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaPara Agendarse:
- Ingrese al botón "Iniciar Trámite en Línea"
- Seleccione día y hora.
- Recibirá un correo de confirmación, con código y link de cancelación, por favor consérvelo.
- En caso de no poder asistir por favor cancele su cita.
Consultas:
- Telefax: (+598) 2915 0103.
- Horario de atención: de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas.
- Correo electrónico: atencionalusuario@mec.gub.uy
En persona
- Una vez agendado, dirigirse a Av. Uruguay 933, Oficina Reguladora de Trámite.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- Este trámite sólo se realiza en la ciudad de Montevideo.
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