Inscripción de Persona Física para el Impuesto al Patrimonio
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite mediante el cual una persona física cumple con la obligación tributaria de inscribirse como contribuyente de Impuesto al Patrimonio.
Requisitos
Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
- Si el titular no pudiera firmar, en su lugar podrá firmar un representante que podrá recaer sobre persona autorizada mediante carta poder o profesional universitario de mandato verbal.
Archivo asociado
Domicilio Fiscal.
- Adjuntar factura original completa, de no más de 60 días ó contrato (si aún no fue emitida la primera factura), exclusivamente de UTE, OSE o ANTEL, a nombre de uno de los titulares y con el domicilio fiscal que declara.
- Estas facturas pueden ser sustituidas por constancia de domicilio fiscal digital expedida por AGESIC, que puede descargarse en: Declaración Digital de Domicilio, a nombre del titular y con el domicilio fiscal que declara.
Certificación Notarial.
En caso de no contar con Constancia de domicilio fiscal de acuerdo a los requisitos detallados deberá certificarse:
- Firma del titular
- Datos personales:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
- Fecha de nacimiento
- Estado civil
- Mayoría de edad
- Capacidad legal
- Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
- Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica.
- En caso de que los formularios sean firmados por Poder o por Mandato Verbal si es profesional universitario, se deberá certificar control de poder y vigencia, o datos del profesional. Respecto a la vigencia del poder o carta poder la misma no podrán tener más de 30 días de otorgado. De superar dicho plazo deberán certificarse control de vigencia actualizado, el que no podrá ser mayor a 30 días al momento de su presentación.
Documento de Identidad.
- Si el trámite es realizado por el titular o representante deberá exhibir su documento de identidad. (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
- Si el trámite es realizado por un tercero deberá presentar copia del documento de identidad del titular o representante. El tercero deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
- En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
Otros datos de interés
PLAZO:
- Se realiza con carácter previo al inicio de actividades de hasta 10 días y hasta la fecha de vencimiento del pago del saldo o de la declaración jurada de Impuesto al Patrimonio.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
CONSTANCIA DEL TRÁMITE:
- Formulario 6361 Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Costos
- Timbre profesional $ 270 del 01 de enero 2026 al 31 de diciembre 2026.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
En persona
Agenda previa.
- Reservar día y hora en DGI a través del servicio de AGENDA
- Sector: Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Exclusivo DGI
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaIngresar a la web de DGI:
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea" (Servicios en línea.)
- Seleccionar Trámites – Solicitud de inicio
- Ingresar con usuario y contraseña o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar:
- Trámite: RUT Exclusivo DGI
- Sub trámite: Persona Física, Núcleo Familiar, Sucesión Indivisa
- Adjuntar la documentación correspondiente.
En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los Formularios deben presentarse en 2 vías, de las cuáles al menos una deben ser original, e impreso en doble faz.
- La documentación adicional debe presentarse en original y copia
En interior:
- No aplica la modalidad presencial.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Local DGI - Fernández Crespo 1534
- Departamento RUT
- Sector RUT Exclusivo
- Local DGI - Fernández Crespo 1534
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