Inscripción de Persona Física residente
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el proceso mediante el cual la Persona Física residente (fiscal), sin actividad empresarial, se inscribe ante la Administración Tributaria.
Requisitos
Formulario 0301 - Inscripción y actualización de personas físicas sin actividad empresarial
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
- El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
Archivo asociado
Documento de Identidad.
- Fotocopia simple del pasaporte o documento extranjero en el caso de personas físicas de:
- Argentina
- Bolivia
- Brasil
- Chile
- Colombia
- Ecuador
- Perú
- Paraguay
- Venezuela
- Pasaporte en el caso de las restantes personas físicas extranjeras.
Para trámites realizados en forma presencial:
- Si el trámite es realizado por el titular o apoderado, deberá exhibir su documento de identidad. (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC). De presentarse el apoderado, deberá adjuntarse copia del documento de identidad del titular.
- Si el trámite es realizado por uno un tercero, deberá presentar copia del documento de identidad del titular y/o apoderado. El tercero deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
- En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
- Fotocopia simple del pasaporte o documento extranjero en el caso de personas físicas de:
Poder
- Solo se procederá al registro de apoderados generales que cuenten con poder de administración, afectación y disposición.
- En el caso de poderes únicamente de administración, especiales o carta poder:
- deberá otorgar amplias facultades de representación ante DGI – BPS u organismos públicos.
- En caso contrario, los mismos no serán ingresados, debiendo presentarse en la oportunidad de realizar cada trámite original de dicho poder vigente y copia simple.
Certificación Notarial.
En caso de registrar un apoderado, se deberá certificar:
- Firma del apoderado. En caso de que los formularios se encuentren firmados electrónicamente no corresponderá certificar la firma.
- Que se otorgan amplias facultades de representación ante DGI y BPS u organismos públicos y su vigencia.
- Datos del representante y del representado:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Cédula de identidad o tipo de documento extranjero
- Número de documento y país emisor
- Fecha de nacimiento
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal.
- Domicilio particular.
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- En caso de que el apoderado sea una persona jurídica:
- Denominación
- Personería Jurídica
- Representación
- Domicilio fiscal
- Número de RUT
- Denominación
- Si se trata de un poder otorgado en el extranjero: debe estar debidamente protocolizado y traducido, en caso de corresponder.
Otros datos de interés
Constancia de trámite:
- Formulario 6301 – Constancia de inscripción en RUT
- Formulario 0401 - Persona Física sin actividad empresarial - Confirmación de Datos.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
En persona
Agenda previa.
En Montevideo:
- Reservar día y hora en DGI a través del servicio de AGENDA
- Sector: Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Exclusivo DGI
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con usuario y contraseña o medios de identificación electrónica.
- Solicitud de inicio
- Completar los datos requeridos y seleccionar:
- Trámite: RUT Exclusivo DGI
- Sub trámite: Persona física, Núcleo Familiar, Sucesión Indivisa
- Adjuntar la documentación correspondiente.
En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los Formularios deben presentarse en 2 vías, de las cuáles al menos 1 debe ser original. Impresos en doble faz.
- La documentación adicional debe presentarse en original y copia.
En interior:
- No aplica la modalidad presencial.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Local DGI - Fernández Crespo 1534
- Departamento RUT
- Sector RUT Exclusivo
- Departamento RUT
- Local DGI - Fernández Crespo 1534
Enlaces relacionados